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Coronavirus Covid-19

Cantabria define los criterios para la nueva regulación, que entra en vigor el miércoles

Un camarero atiende a clientes en la terraza de un establecimiento de hostelería. / Europa Press

Santander

El Gobierno de Cantabria aplicará a partir de este miércoles un nuevo sistema de evaluación de la situación epidemiológica por municipios, clasificándolos en los niveles de alerta sanitaria del 1 al 4 y decretando las medidas correspondientes a cada uno de estos escenarios, que son las mismas que se han venido implantando hasta el momento a nivel autonómico.

De este modo, en aquellos que tengan menor riesgo, con niveles 1 y 2, los establecimientos de hostelería podrán abrir sus interiores con aforos del 50 por ciento y de un tercio, respectivamente. Asimismo, se aplicarán restricciones que afectarán a los aforos y al ámbito cultural, deportivo y a los eventos.

Esta será la forma de actuar del Ejecutivo regional tras terminar el estado de alarma, que ha hecho decaer las medidas del toque de queda y cierre perimetral de la comunidad y las limitaciones en reuniones y lugares de culto. Por ello, y dadas las "discrepancias" de los jueces en las diferentes comunidades, Cantabria va a esperar a que el Tribunal Supremo adopte una "doctrina unificadora" al respecto para no imponer restricciones que "luego decaigan" por orden judicial.

Así lo ha dicho este lunes el presidente, Miguel Ángel Revilla, en una rueda de prensa que ha ofrecido para dar a conocer el nuevo sistema junto al vicepresidente, Pablo Zuloaga; el consejero de Sanidad, Miguel Rodríguez; y el presidente de la Federación Cántabra de Municipios (FCM), Pablo Diestro.

El nuevo modelo de evaluación y las medidas concretas por municipios entrarán en vigor a las 00.00 horas de este miércoles, 12 de mayo, y para ello Sanidad publicará mañana en el Boletín Oficial de Cantabria (BOC) un listado con los 102 ayuntamientos cántabros y su nivel de riesgo, que se actualizará semanalmente.

Para atribuir un nivel de alerta a los municipios se hará una distinción entre los de más y menos de 5.000 habitantes. En los primeros, se tendrán en cuenta dos parámetros: la incidencia acumulada en los últimos siete días en población general y en personas de más de 65 años.

La incidencia a siete días en población general por debajo de 25 casos corresponde al riesgo bajo; entre 25 y 75, al medio; de 75 a 125, al alto; y por encima de 125 al muy alto. En personas mayores de 65 años, por debajo de 65 es nivel bajo; entre 25 y 50, nivel medio; entre 50 y 75, alto; y por encima de 75 muy alto.

En los municipios de menos de 5.000 habitantes la clasificación será "individualizada", porque en lugares con poca población "variaciones muy pequeñas cambian absolutamente las incidencias". Así, además de los indicadores generales de incidencia se tendrán en cuenta valores como el número absoluto de casos, el nivel de alerta en los municipios limítrofes, la distribución geográfica de contagios dentro del municipio, la velocidad de cambio, los brotes, el número de contactos por caso, etcétera.

Medidas en vigor

La nueva resolución sustituirá a las medidas sanitarias que están en vigor hasta el martes, 11 de mayo, y que incluyen el cierre generalizado del interior de los establecimientos de hostelería, la reducción de aforos en espacios comerciles y culturales y la prohibición de la práctica deportiva no profesional en espacios cerrados.

 
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