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El TSJA suspende la norma que obliga a las bicis a ir por la calzada en Málaga

El Ayuntamiento de Málaga anuncia que recurrirá el auto judicial donde los magistrados estiman la petición que realizó el colectivo Ruedas Redondas por el elevado riesgo de accidente que supone

Archivo - Carril Bici, ciclista, bicicleta / EUROPA PRESS/AYTO DE MÁLAGA - Archivo EUROPA PRESS

Málaga

El Ayuntamiento de Málaga va a interponer un recurso de reposición al auto dictado por el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) que establece medidas cautelares a instancias de un colectivo de ciclistas de la ciudad sobre dos artículos de la Ordenanza de Movilidad.

En concreto, el documento del TSJA, que no entra a analizar el fondo de la cuestión planteada, se refiere a los artículos 23 y 24 de la normativa de movilidad relativos a la circulación de bicicletas y no a la normativa en su totalidad.

El concejal de Movilidad, José del Río, ha explicado que "mientras el juzgado analiza el fondo de la cuestión planteada el Ayuntamiento de Málaga aplicará el Reglamento de Circulación y continuará su labor de vigilancia y control que dicho reglamento le atribuye".

Por otro lado, Del Río ha recordado que "el Ayuntamiento de Málaga a través de esta Ordenanza traspone la normativa estatal --Reglamento de Circulación y Ley de Tráfico-- que considera a las bicicletas vehículos y que como tal no pueden circular por las aceras". Además, expone que "una norma estatal es de obligado cumplimiento para todos los municipios españoles".

Asimismo, ha explicado que el auto del TSJA ha sido analizado por los servicios jurídicos del Área de Movilidad y por la Asesoría Jurídica del Ayuntamiento considerando recurrir la suspensión cautelar de dichos artículos de la Ordenanza por el hecho de que "éste se basa en los derechos subjetivos de los usuarios de las bicicletas frente a los vehículos de motor, no considerando en ningún lugar los derechos de los peatones".

Han recordado desde el Ayuntamiento en un comunicado que en los mismos términos se pronuncia la Dirección General de Tráfico (DGT) en un escrito remitido al Consistorio a raíz de una petición de informe en el que el Ayuntamiento preguntaba: "¿Es posible que en España las bicicletas puedan circular por las aceras?".

Ante esta pregunta, la DGT remitió este jueves al Área de Movilidad su respuesta en la que aclara que las bicicletas, de conformidad con el Real Decreto Legislativo 6/2015, de 30 de octubre, como "una tipología de vehículo, en el sentido más estricto del término, pues no hace distinción el texto legal a si éste ha de tener o no motor para ser considerado vehículo".

En este sentido, el escrito prosigue explicando que el mismo Real Decreto denomina a los ciclos como "vehículo provisto de, al menos, dos ruedas y propulsado exclusiva o principalmente por la energía muscular de la persona o personas que están sobre el vehículo, en particular por medio de pedales".

Además, según el Consistorio, la DGT también expone en su escrito que en "consecuencia de lo anterior le deben ser de aplicación a las bicicletas las normas previstas para la circulación de vehículos" por lo que entiende "plena aplicación a las mismas, el desarrollo normativo de las previsiones legalmente establecidas, particularmente, el apartado 5 del artículo 121 del Real Decreto 1428/2003, de 21 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento General de Circulación, que establece taxativamente la prohibición de que cualquier clase de vehículo pueda circular por las aceras y demás zonas peatonales, bajo la clara premisa de la protección a los usuarios más vulnerables de la vía, es decir, los peatones".

De igual modo, señalan que la DGT también hace referencia a los apartados 55 y 56 del Anexo I de la Ley de Tráfico, relativos a las categorías de acera y zona peatonal y esgrime que estos artículos "no dejan lugar a ninguna duda sobre el destino exclusivo de esos espacios para los peatones. Y a partir de este punto, huelga cualquier discusión sobre la eventual utilización compartida de un mismo espacio por peatones y ciclistas, pues se trata de algo legalmente no permitido".

Así, la DGT considera tras los argumentos expuestos que la normativa actual "en ningún caso posibilita la autorización de la circulación de los vehículos por espacios de tránsito exclusivamente reservados por la ley a los peatones".

Por último, el concejal ha asegurado que "el Ayuntamiento de Málaga respeta y acata el auto judicial, si bien lo recurrirá al existir una normativa de carácter superior en vigor, de ámbito estatal que atañe a éste y a todos los ayuntamientos de España".

Del Río ha explicado, por tanto, que mientras el juzgado analiza el fondo de la cuestión planteada el Ayuntamiento de Málaga aplicará el Reglamento de Circulación y continuará su labor de vigilancia y control que dicho reglamento le atribuye".

 
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