Política

La renta valenciana de inclusión beneficia a más 70.000 personas en la Comunitat Valenciana

Se triplican los beneficiarios con respecto a quienes recibían ayudas de este tipo en 2015, se han auemntado cuantías y se ha eliminado el límite de tiempo en la percepción de esta prestación

La vicepresidenta y consellera de Políticas Inclusivas, Mónica Oltra / Ana Escobar EFE

Valencia

La renta valenciana de inclusión llega ya a 71.004 personas en situación de vulnerabilidad. el número de personas beneficiarias triplica el que se registraba en 2015, cuando el instrumento que se utilizaba era la renta garantizada de ciudadanía.

La vicepresidenta y consellera de Políticas Inclusiva, Mónica Oltra, recuerda que la renta valenciana de inclusión se puso en marcha en 2017, para mejorar la atención a los colectivos más vulnerables.Cuenta este año con un presupuesto que asciende a 255 millones de euros, que puede ampliarse si fuera necesario.

Esta cantidad contemplada en los presupuestos de este año “supone para una familia de cuatro miembros 864 euros al mes, que pueden llegar a los 1.080 euros con complemento de vivienda, derechos energéticos o cuota hipotecaria”, mientras que con la antigua ayuda “la cantidad para esta misma familia era de 392 euros al mes”.

Estas cifras son las que convierten a la Comunitat Valenciana “en la cuarta comunidad del país con las cuantías más dignas de todos los sistemas de renta de inclusión". La renta valenciana de inclusión es mucho más que una prestación económica, según Oltra, ya que incluye prestaciones profesionales e itinerarios de inclusión individualizados, donde los servicios sociales “tienen un papel fundamental”.

Mónica Oltra: "La renta valenciana de inclusión también contempla itinerarios sociales y laborales"

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Vacuna social

“Todo esto forma parte de la vacuna social que el Consell del Botànic ha puesto en marcha en los últimos años y que está sosteniendo a las personas que peor lo pasan”, ha apuntado Mónica Oltra, quien ha incidido en que la RVI es una “medida de cohesión social fundamental y de solidaridad para que nadie se quede atrás”.

Por otro lado, la vicepresidenta ha recordado que con motivo de la COVID-19 y la aprobación del ingreso mínimo vital aprobado por el Gobierno central, el Consell aprobó un decreto el año pasado para modificar la Ley de la renta valenciana de inclusión y acoplar su régimen jurídico al régimen jurídico del IMV.

De esta manera, se adaptaron diversos artículos de la ley para poder clarificar y simplifica los dos conceptos normativos y permitir el acoplamiento de las dos prestaciones, “de manera que la renta pasara a ser una prestación complementaria del ingreso mínimo vital”, ha explicado Oltra. Para armonizar ambas prestaciones en la Comunitat Valenciana se ha tramitado la modificación de 7.360 expedientes.

Oltra también ha señalado los complementos establecidos para personas víctimas de explotación sexual o trata con un itinerario de inclusión social “con 320 euros más en el importe de la RVI”, o el incremento de 60 euros “para cada persona miembro adicional en unidades de convivencia de más de seis personas”.

Además, se ha concretado la posibilidad de solicitud anticipada para aquellos casos de especial vulnerabilidad cuando no se cumplan todos los requisitos para ser titular de la RVI pero se van a cumplir, de manera que se pueda presentar la solicitud dentro de los seis meses anteriores a la fecha prevista del cumplimiento de los requisitos establecidos.

Requisitos para la RVI

La renta valenciana de inclusión es de carácter indefinido siempre y cuando persista la situación que hace necesaria su percepción y la renovación se haga cada 3 años. Además, se amplió la edad para poder solicitarla hasta los 16 años, en aquellos supuestos especiales como las de personas jóvenes extuteladas por la Generalitat o con personas a su cargo.

Las personas destinatarias tienen el acceso directo, en el mismo trámite y sin tener que gestionar nada más, a otros tipos de ayudas, como las becas de educación infantil, ayudas de libros de texto, gastos de matrícula de educación, becas de comedor escolar, sanidad universal y prestación farmacéutica y ortoprotésica.

Tal y como se establece las personas beneficiarias de la RVI deberán reunir los siguientes requisitos:

- Residencia efectiva de 12 meses en la Comunitat Valenciana

- En los casos de personas sin hogar los ayuntamientos deberán facilitar su em-padronamiento

- Si no perciben ninguna prestación contributiva o no contributiva y cumplen los requisitos para percibir la RVI, podrán acceder a rentas de garantía.

Se establecen como exentos de cumplir los requisitos a las personas solicitantes de asilo, refugiados, exiliados, apátridas, prostitución, trata de blancas, explota-ción sexual, violencia machista e intrafamiliar.

 
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