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Denuncian la proliferación de chárters en la bahía de Sant Antoni que operan al margen de la legalidad

Piden más medios para poder acceder a estos barcos y revisar si cumplen con todos los requisitos que exige la norma para el ejercicio de la actividad

Imagen del desembarco de material desde uno de los chárters / Cadena SER

Sant Antoni de Portmany

Salvem Sa Badia de Portmany denuncia que las empresas de chárter náutico foráneas "inundan la isla practicando una competencia desleal a las que tienen su base en Ibiza, que cumplen toda la normativa y ofrecen servicios de calidad a sus clientes".

Ya ha localizado a un total de tres de estas empresas, que operan en la zona sur, frente a la playa de es Pinet; justo detrás del dique del puerto de Sant Antoni, frente a la playa de Coves Blanques, y en la zona de Caló des Moro. Estas empresas "hacen un uso indebido de la costa y utilizan de forma ilegal los muelles de las golondrinas, que pagan por su uso, para cargar y descargar clientes, provisiones y personal de limpiez".

También se ha evidenciado que "estas embarcaciones, en la mayoría de los casos, fondean sobre posidonia y se desconoce dónde vierten las aguas fecales de los depósitos y, aún más grave, cuál es el destino de las aguas de sentina, que contienen agua con restos de combustible y aceite".

Estas empresas gestionan al menos veintidós catamaranes y diversos veleros, y este mismo fin de semana se ha podido contemplar en distintas zonas de la bahía el trasiego que generan, con clientes arrastrando maletas por la arena molestando a otros turistas, ida y venida de personal de limpieza, provisiones, etcétera; todo transportado en pequeñas neumáticas hasta las embarcaciones.

El Decreto 21/2017, de 5 de mayo, por el que se regula la actividad de alquiler de embarcaciones y buques de recreo en Baleares, permite con una simple “declaración responsable” inscribirse en el registro y recibir autorización para el ejercicio de la actividad de chárter náutico. Lo que se declara es que, además de poseer el certificado de navegabilidad en vigor, tener la embarcación registrada en lista 6ª, poseer el despacho de Capitanía Marítima, la titulación náutica, los seguros para la embarcación y los tripulantes y los certificados de seguridad y residuos, se dispone de un punto autorizado para embarcar y desembarcar a los clientes. Para ello, es necesario disponer de un amarre o una boya en un puerto o un fondeo y una zona de desembarque autorizado por la Demarcación de Costas, que es algo totalmente lógico y necesario para prestar dicha actividad.

El problema de la declaración responsable es que, si nadie revisa el cumplimiento de la norma, cualquiera puede ejercer esta actividad impunemente, simplemente presentado un formulario y pagando la tasa y de ahí que pidan más embarcaciones y recursos para poder acceder a estos barcos y revisar si cumplen con todos los requisitos que exige la norma para el ejercicio de la actividad.

Solicitan también que se autorice al personal de Ports IB para que pueda realizar estos controles y verificaciones, se evite la competencia desleal, el uso indebido de nuestra costa, el fondeo sobre posidonia y los vertidos incontrolados.

 
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