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Ayuntamiento Valencia

La nueva ordenanza de convivencia de València impondrá multas de hasta 3.000 euros al acoso callejero

La Cadena SER ha tenido acceso al borrador de la nueva ordenanza en la que trabaja la concejalía de Protección Ciudadana

El objetivo es la Tolerancia Cero ante cualquier tipo de agresión xenófoba, racista, sexista, homofóbica o de cualquier otra índole

Agente del Grupo Gama de la Policía Local de València atiende a una víctima de violencia machista / Policia Local de València

Valencia

La nueva ordenanza de convivencia de València impondrá multas de hasta 3.000 euros al acoso callejero. La Cadena SER ha tenido acceso al borrador de la nueva ordenanza en la que trabaja la concejalía de Protección Ciudadana. La propuesta, que se presentará en los próximos días, tiene que pasar ahora el proceso administrativo de exposición pública, presentación de alegaciones vecinales, etcétera.

Ahora bien, a través de la nueva ordenanza el Ayuntamiento de València pretende implicarse de lleno en la lucha contra esta lacra social y lanzar un mensaje de tolerancia cero hacia cualquier tipo de agresión hacia cualquier colectivo, para poder tener unas calles libres y seguras, como asegura el concejal de Protección Ciudadana, Aarón Cano.

El concejal de Protección Ciudadana explica los objetivos de la nueva ordenanza

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En el capítulo primero del borrador de la futura ordenanza se legisla sobre las conductas contra la dignidad de la persona. El objetivo es prevenir y actuar frente a situaciones de suponen una discriminación por motivos xenófobos, racistas, sexistas, homofóbicos o de cualquier otra índole.

La ordenanza da un paso más allá reconociendo y sancionando otra serie de conductas que no caben en una sociedad pacífica como es el acoso callejero, especialmente si se realiza entre menores y se lleva a cabo sobre personas con discapacidad. Así pues, se catalogarán como infracciones muy graves, cuando se dirijan a personas vulnerables o con especial protección, pudiendo alcanzar las multas hasta 3.000 euros o infracción grave, pudiendo alcanzar las multas hasta 1.500 euros.

Todas aquellas conductas contra la dignidad de las personas que se dirijan hacia personas vulnerables o que requieran de especial protección, tales como personas mayores, menores, personas con discapacidades o personas sin hogar, entre otras, siempre que las mismas no sean constitutivas de infracción penal. Serán especialmente perseguidas las conductas anteriormente descritas ejecutadas por grupos de personas que actúen en el espacio urbano, principalmente si en estas se emplean medios de grabación con el objeto de ser difundidas.

Además, se perseguirá a los organizadores y/o promotores de cualquier acto público de naturaleza cultural, festiva, lúdica o deportiva, o de cualquier otra índole que no comuniquen cuando tuvieren conocimiento de conductas contra la dignidad de las personas, especialmente aquellas dirigidas hacia personas de especial protección, tales como personas mayores, menores, personas con discapacidades o personas sin hogar, entre otras especialmente vulnerables.

Manuel Gil

Redactor de Radio Valencia Cadena SER

 
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