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Un juez de Gijón autoriza a un padre a vacunar a su hijo de 14 años en contra de la voluntad de la madre

La progenitora argumentaba que no estaban claras las consecuencias de la profilaxis contra el COVID y pedía un debate "meditado" antes de adoptar una decisión

El Ministerio Fiscal considera que las razones esgrimidas para suspender la vacunación. / Getty Images

Gijón

El Juzgado de Primera Instancia número 9 de Gijón ha acordado conceder la facultad de decidir sobre la conveniencia de vacunar a un menor, de 14 años, al padre que se mostraba partidario de la inoculación, frente a las reticencias mostradas por la madre.

La Fiscalía de Gijón envió un informe al juzgado donde se posicionó a favor de la inmunización contra el coronavirus al adolescente de 14 años ante la falta de acuerdo de los padres del menor que decidieron acudir a los tribunales para resolver el conflicto.

Vacuna por recomendación sanitaria

La discrepancia surgía sobre la oportunidad de vacunar a su hijo en estos momentos de la crisis sanitaria o si, por el contrario, era conveniente esperar a que hubiera más información sobre las posibles consecuencias que pudiera tener la vacuna para su salud para tomar esa decisión. El juzgado ha emitido un auto donde concede la facultad de decisión al progenitor partidario de administrarle la vacuna.

La Fiscalía entendía que, ante el desacuerdo entre ambos progenitores, que plantearon ante el Juzgado una discrepancia en el ejercicio de la patria potestad, debe vacunarse al adolescente atendiendo a las recomendaciones sanitarias y al propio interés del menor, incluido su entorno familiar y escolar.

La madre se mostraba reticente porque alegaba que “a día de hoy, no están claras las consecuencias que pudiera tener la vacuna” para la salud del adolescente. En este caso, la madre planteó que el asunto debía ser “meditado y debatido”, y no abordarlo “a la ligera” por lo que más que mostrarse en contra de la vacunación, lo que pretendía era que se suspendiera la vacunación a expensas de que se aclare si ésta va a tener o no consecuencias negativas.

No existen razones objetivas para el rechazo

El Ministerio Fiscal considera que las razones esgrimidas para suspender la vacunación carecen de toda justificación porque entiende que la indicación de la vacuna ha sido establecida por las autoridades sanitarias en beneficio de la sociedad y carece de fundamento el sostener que se desconoce el beneficio que proporciona su inoculación. Para la Fiscalía, pretender que se desautorice judicialmente el juicio científico de las autoridades sanitarias, que considera la vacuna segura y eficaz como lo fueron vacunas anteriores como la rubeola, poliomielitis o sarampión, carece de fundamento.

Además, la acusación pública estima que la falta de colaboración para lograr estos objetivos de salud pública supone “un verdadero desajuste en el ejercicio de la patria potestad” que, en su opinión, interfiere de forma absolutamente injustificada en el beneficio e interés del menor.

 
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