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Seguridad vial

¿Puede la policía local multar en el parking de un centro comercial?

Un juez avala la multa de la policía a una conductora por aparcar mal en el parking de un centro comercial

Plaza de Movilidad reducida / Cadena Ser

Vigo

El Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 1 de Vigo ha mantenido una sanción a una conductora que estacionó en una plaza para minusválidos en el parking de un centro comercial de Vigo. El 29 de febrero de 2020 una persona con movilidad reducida y que pretendía usar de esa plaza decidió llamar a la Policía local al entender que la conductora que había aparcado en ese espacio reservado para minusváliados no tenía ningún tipo de minusvalía. La policía comprobó que la conductora mo tenía ningún indicativo que demostrase su minusvalía y la multó con 200 euros.

La mujer se negó a abonar la multa, alegando que la Policía Local no tenía competencia para sancionar en ese lugar, ya que se trataba de un recinto privado, y decidió llevar el caso ante los tribunales.

El juez desestimó el recurso contra el Concello de Vigo al considerar “irrelevante” la titularidad pública o privada del recinto, amparándose en el Reglamento General de Circulación. El juez considera que el parking del Centro Comercial “está destinado al estacionamiento de vehículos por parte de una colectividad indeterminada de usuarios y, por tanto, sujeto a las determinaciones del Reglamento General de Circulación”. "De ahí que todo el planteamiento y esfuerzo dedicado a sostener la privacidad de la zona en que estaba estacionado el vehículo de la actora en el momento de confeccionarse el boletín es inútil".

 
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