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Mesas electorales: de la apatía por formar parte a la obligación democrática

Francisco Javier Díaz, Catedrático en Derecho Constitucional, analiza la designación por sorteo de los presidentes y vocales, así como los motivos de exención que se consideran válidos

¿Presidente de mesa electoral? No, gracias

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Madrid

La designación de los componentes de las mesas electorales se realiza por sorteo entre las personas mayores de edad que conforman el censo de un municipio o comunidad autónoma. El único requisito que contempla la ley es que el presidente de mesa tenga al menos formación en bachillerato. Los vocales, por ejemplo, solo necesitan haber cursado Educación Primaria o saber leer y escribir. Más allá de eso, es un sorteo puramente aleatorio.

Formar parte de una mesa electoral en ocasiones suscita debate. Por un lado, están las personas que intentan eximirse de participar de este modo en el proceso electoral y, por otro lado, las personas que desearían hacerlo. Esta es una de las características esenciales del sistema de voto de este país. Díaz, codirector del Máster en Derecho Electoral y Parlamentario de la Universidad de Castilla la Mancha, explica que “es un deber que se establece como obligación del ciudadano”. Además, argumenta que es la forma más sencilla de que se lleve a cabo el proceso porque “sería muy complejo hacerlo de otro modo, por ejemplo, con personas voluntarias”.

A pesar de estar contemplado por la ley como una obligación, la Junta Electoral permite la posibilidad de eximirse del proceso y los motivos para hacerlo son de “diversa índole y dependen mucho de la situación”. La decisión de la Junta Electoral se puede recurrir del mismo modo que cualquier sentencia, aunque es posible que el resultado llegue tarde. No presentarse en la mesa electoral cuando has sido designado como parte de esta "es un delito", según nos explica el Catedrático en Derecho Constitucional. Esto significa que no acudir a la mesa, o abandonar el puesto prematuramente, puede acarrear una multa o pena de prisión de 3 meses a 1 año de prisión, por lo que, según expresa el codirector del Máster en Derecho Electoral y Parlamentario de la Universidad de Castilla La Mancha, “no se puede abandonar una mesa electoral en mitad de la jornada".

El hecho de tener que destinar la jornada electoral a formar parte de una de las mesas habilitadas en los distintos colegios plantea cierta apatía entre algunos ciudadanos. No obstante, Francisco Javier Díaz concluye que “normalmente con este modo de funcionar no hay problemas, se constituyen siempre cientos y cientos de mesas”.

 
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