La Audiencia de Madrid revoca la prohibición al profesor de un colegio privado de Madrid investigado por presuntos abusos a menores de estar en contacto con niños
El auto que firma la exministra de Justicia, Pilar Llop, anula la decisión acordada por la jueza que investiga un presunto delito de agresión sexual en el colegio 'Green Stone' porque la considera una "pena anticipada"
La Audiencia de Madrid ha estimado parcialmente el recurso de la defensa de un profesor investigado por un presunto delito de agresión sexual a menores del colegio Green Stone en la sierra de Madrid y le permite la actividad profesional relacionada con niños. La jueza de Collado Villalba (Madrid) que investiga el caso acordó a instancias de la Fiscalía el pasado mes de junio prohibir al investigado el ejercicio de la patria potestad, tutela o curatela de menores; ejercer actividades profesionales relacionadas con niños y que pudiera acceder a espacios frecuentados por menores. El Ministerio Público solicitó esta medida, después de que una cuarta familia denunciara al docente. Decía el auto, al que ha tenido acceso esta emisora, que el avance de la instrucción apuntala los indicios de delito contra el profesor. Entre las pruebas citaba la "declaración espontánea" de las menores, las declaraciones de los padres, así como los informes periciales y forenses que obran en la causa que la Cadena SER adelantó el pasado mes de febrero.
Sin embargo, la Audiencia de Madrid ha anulado estas prohibiciones. La sala por unanimidad, en un auto que firma la exministra Pilar Llop, sostiene que no se puede prohibir con carácter general el ejercicio de la patria potestad, curatela o tutela sin saber a qué menor se protege. Tampoco admite la prohibición de ejercer profesión relacionada con menores porque entiende que sería una "pena anticipada que no es posible en la fase de medidas cautelares" y no hay base legal que la justifique.
"Por más que los delitos de agresión sexual, más aun contra menores indefensos, resulten alarmantes en la sociedad, execrables y merezcan todo el reproche penal, las garantías del Estado de Derecho son las que rigen la convivencia en nuestra sociedad", escribe Llop en la resolución de la Audiencia de Madrid. Por último, también anula la prohibición de que el investigado no pueda acceder a lugares frecuentados por menores porque la jueza no concreta qué lugares y la ley exige que la medida sea necesaria para proteger a la víctima.
Pedro Jiménez
Redactor Jefe en la Cadena SER. Antes he pasado por los equipos de Hora 14, Radio Madrid, Fin de Semana,...