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TESTAMENTOS

“Es posible desheredar a un hijo, el Código Civil lo plantea en casos de malos tratos o injurias”

José Luis Lledó, decano del Colegio Notarial de Andalucía, explicó en último SER Consumidor las claves necesarias para elaborar un testamento. “Cuesta menos de 50 € elaborarlo”, señaló

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Madrid

¿En qué se diferencia una herencia de una donación? ¿Qué es necesario para elaborar un testamento? ¿Quiénes son los herederos? Estas y varias preguntas más fueron contestadas por José Luis Lledó, vicepresidente del Consejo General del Notariado y decano del Colegio Notarial de Andalucía, en la última edición de SER Consumidor, que puedes escuchar íntegramente aquí:

“Para elaborar un testamento sólo necesitamos el DNI y la voluntad de hacerlo”

07:11

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En un formato de pregunta y respuesta, Lledó dejó varios titulares y consejos a tener en cuenta para la elaboración de nuestra herencia, y entre lo más destacado, dejamos varias de las respuestas muy a tener en cuenta:

¿Qué se necesita para elaborar un testamento?

Se necesita el DNI y la voluntad de querer hacerlo. Después, se acude a un notario, se le explica las circunstancias personales y el deseo que quiere hacer constar, y ya el notario le aconsejará cómo y a quién dejar los bienes. Cuesta menos de 50 € en cualquier parte de España.

¿Se puede dejar como heredero a quien uno quiera?

Legalmente, no. En España tenemos herencias legítimas, con las cuales el testador tiene que dejar una parte de la herencia (un tercio, al menos) a sus herederos forzosos (hijos o parientes cercanos). Está establecido así desde hace dos siglos según el Código Civil. En Euskadi y Navarra, esto no ocurre.

¿Es posible desheredar a un hijo?

Sí. En cada región foral hay unas causas, pero las más comunes según el Código Civil se trata de casos de maltrato o injurias.

¿Y renunciar a una herencia?

Sí, suele haber tres tipos de renuncia: porque una herencia venga contaminada por deudas, para la cual existe una solución, recibirla a beneficio de inventario, por lo cual el heredero no ve dañado su patrimonio personal; porque haya que pagar muchos impuestos, caso que suele darse con parientes lejanos; o porque la herencia supere el mínimo exento, para que herede la generación siguiente y se reparta la cantidad (lo que suele provocar que ese mínimo exento, cargado de impuestos, no se alcance).

Puedes escuchar el programa completo pinchando en este enlace.

 
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