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El Gobierno ultima la creación de un fondo de pensiones público con comisiones más bajas que las privadas

En la legislación a la que ha tenido acceso la Cadena SER, Seguridad Social impone que ese fondo tenga una comisión de un tercio de lo que cobran a día de hoy las gestoras privadas, lo que puede suponer una competencia comercial directa del Estado con la banca

El ministro de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, José Luis Escrivá. / Alberto Ortega - Europa Press EUROPA PRESS

Madrid

El Gobierno ha ultimado ya la creación de un fondo de pensiones público que va a competir directamente con los fondos de pensiones privados. En la legislación a la que ha tenido acceso la Cadena SER, Seguridad Social impone que ese fondo tenga una comisión de un tercio de lo que cobran a día de hoy las gestoras privadas, lo que puede suponer una competencia comercial directa del Estado con la banca. 

La norma que ha elaborado Seguridad Social establece una comisión máxima de un tercio de lo que cobran bancos y fondos de pensiones:

  • El fondo de pensiones público tendrá una comisión del 0,4% por su gestión, frente al 1,25% que cobran hoy los fondos comerciales.
  • Y la comisión por depósito será también la mitad de lo que cobran hoy las entidades bancarias: un 0,1% frente al 0,2% fijada por la ley.

Según la legislación del Ejecutivo, a la que ha tenido acceso la SER, ese "fondo de pensiones de promoción pública", un nombre que el Gobierno se reserva en exclusiva estará abierto a que se adhieran:

  • Empresas mediante la firma de convenios colectivos.
  • Administraciones públicas, especialmente ayuntamientos.
  • Y también trabajadores autónomos, que podrán suscribirlo

Ese fondo de pensiones público podrá invertir en activos de mayor riesgo (bolsa) cuando los suscriptores sean jóvenes pero estará obligado a estrategias conservadoras y sin riesgo cuando se acerque la edad de jubilarse de quienes inviertan en ellos en una estrategia que pretende competir con las gestoras y los bancos actuales, hasta el punto de que la nueva norma dice literalmente que "podrán adherirse al plan del estado quienes ya tengan un plan de pensiones privado".

¿Quién controlará el fondo? ¿Quién lo dirige?

Según el texto que ultima Seguridad Social, el Ministerio que dirige el ministro de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, José Luis Escrivá se garantiza su control mediante dos mecanismos. Primero, con la llamada 'Comisión Promotora y de Seguimiento': es la entidad que fundará esos fondos de pensiones de promoción pública y Seguridad Social designará a sus cinco miembros, funcionarios de carrera.

Además, el Ejecutivo crea una 'Comisión de Control', formada por 17 miembros en los que hay mayoría del Ministerio: cuatro representantes serán designados por los sindicatos, cuatro por las patronales y nueve, mayoría garantizada, por Seguridad Social.

El texto del gobierno habla de un mandato de hasta seis años con una retribución variable en función de la rentabilidad que consigan. Además, el Gobierno establece condiciones de solvencia para los bancos y fondos que quieran participar:

  • Para gestionar ese fondo de pensiones público, las gestoras deberán tener un patrimonio mínimo de 1.000 millones de euros.
  • Para ser depositaria, es decir, banca que las aloja, las entidades deberán albergar, al menos 10.000 millones en fondos de pensiones.

Las claves de los fondos de pensiones de promoción pública 

- Entidad promotora: Comisión Promotora y de Seguimiento (Ministerio de la Seguridad Social) 5 miembros, funcionarios de carrera no remunerados, con derecho de veto.

- Entidad administradora: Entidad gestoría con el concurso de una entidad depositaria.

- Activos: Invertidos en energía, innovación social, etc... reduciendo el riesgo según avanza la edad

- Entidad gestora y depositaria: concurso público que cumplan requisitos de solvencia y reducción de comisiones. Utilizarán una plataforma digital común.

  • Gestora: tendrán un volumen de patrimonio mínimo de 1.000 millones de euros
  • Deberán presentar propuestas: 2 propuestas si gestionan 1.000 a 3.000 millones y 3 propuestas si gestionan más de 3.000 millones.
  • Depositaria: volumen de patrimonio mínimo de 10.000 millones de euros en fondos de pensiones.

- Comisión de control: Proceso de designación directa de 17 miembros (4 por sindicatos, 4 patronales, 9 por Ministerio de Inclusión, mayoría) con mandato de 4 a 6 años y cada 2 ó 3 años se renovará la mitad de la comisión y con retribución variable en función de rentabilidad (40% mínimo de géneros) y con capacidad para votar a su propio presidente, vicepresidente y secretaría.

  • Reunión mensual para evaluar balances.
  • Anualmente para aprobación de cuentas.

No solo empresas

  • Empresas vinculadas por negociación colectiva.
  • Administraciones públicas y sociedades mercantiles públicas, especialmente entidades locales pequeñas y medianas.
  • Asociaciones de trabajadores autónomos, colegios profesionales y mutualidades vinculadas a estos.

Podrán adherirse planes ya existentes. Inversión:

  • Renta fija, renta fija mixta o renta variable (mezcla cuando se acerque la edad de jubilación).
  • Comisión máxima 0,4% del valor de las cuentas de posición.
  • Comisión actual es de 0,85% si es de renta fija, 1,3% si es renta mixta y del 1,5% si es de renta variable.
  • Comisión máxima 0,1% del valor de las cuentas. En ningún caso las comisiones devengadas por la entidad depositaria (...) podrán resultar superiores por todos los conceptos al 0,1% del valor de las cuentas de posición a las que deberán imputarse.

 

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