Sociedad

Las claves del "plan Ibarretxe"

Resumen del borrador del proyecto de reforma del Estatuto de Gernika de 1979

El Gobierno vasco define el "plan Ibarretxe" como "un nuevo pacto político para la convivencia". El documento cuenta con un preámbulo, 69 artículos, dos disposiciones transitorias y una derogatoria y desarrolla la idea de un "nuevo estatus de libre asociación con el Estado español".

RECONOCIMIENTO JURÍDICO DE LA IDENTIDAD NACIONAL VASCA Y DE LA AUTODETERMINACIÓN

El Estatuto político de la Comunidad Libre Asociada de Euskadi (el nombre oficial del "plan Ibarretxe") se basa en el derecho del pueblo vasco a decidir su propio futuro, de conformidad con el derecho de autodeterminación de los pueblos.

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Además, la relación de Euskadi con el Estado español se basará en "la libre asociación, desde el respeto y el reconocimiento mutuo". El texto establece que si los ciudadanos vascos "manifestaran su voluntad clara e inequívoca" de independizarse del Estado español, "las instituciones vascas y españolas se entenderán comprometidas a garantizar un proceso de negociación interno y externo para establecer de común acuerdo las condiciones de la misma".

RELACIONES CON NAVARRA Y PAÍS VASCO FRANCÉS

El "plan Ibarretxe" reformula la posibilidad, ya contemplada en el Estatuto de Gernika y la Constitución, de que Navarra pueda incorporarse a la Comunidad Libre Asociada de Euskadi. También se compromete a propiciar la firma de los "Acuerdos y Tratados" precisos para que los "territorios y Comunidades vascas situadas a ambos lados de los Pirineos" puedan "estrechar los especiales lazos históricos, sociales y culturales".

CIUDADANÍA VASCA

Se establece el "derecho a la nacionalidad vasca", con "plena validez política, jurídica y administrativa" en la Comunidad Libre Asociada. Se afirma que "la nacionalidad vasca será compatible con la nacionalidad española", y que ambas tendrán carácter oficial.

PODER JUDICIAL PROPIO

El Poder Judicial pasa a ser uno de los poderes de la Comunidad Libre Asociada de Euskadi. Se crea la "organización judicial vasca", y el Tribunal Superior de Justicia de Euskadi. El gobierno del Poder Judicial "corresponderá a la Sala de Gobierno de su Tribunal Superior de Justicia", constituido a estos efectos en "el Consejo Judicial Vasco". Este organismo designará al presidente del Tribunal Superior de Justicia, al Fiscal Jefe, presidentes de Salas, Audiencias y Decanos.

PROFUNDIZACIÓN DEL AUTOGOBIERNO

Se definen las "políticas privativas del Estado" (nacionalidad española y extranjería, Defensa y Fuerzas Armadas, sistema monetario, régimen aduanero, etc) y las "exclusivas" en el ámbito de la Comunidad Libre Asociada de Euskadi (legislación penal, penitenciaria, mercantil, pesas y medidas, telecomunicaciones, etc). Como "regla general", el resto de "competencias públicas" reservadas con carácter privativo a Euskadi corresponden a las instituciones vascas.

Además, se reconoce la capacidad de "establecer y regular" un "ámbito socio-laboral propio", con competencias plenas en el ámbito laboral, de empleo, formación y prevención de riesgos e inspección. La Seguridad Social funcionará con un "presupuesto propio que incluirá la función recaudadora de las cotizaciones sociales" en Euskadi y la gestión del patrimonio ubicado en su territorio. El plan recoge el principio de la "autonomía fiscal y financiera" de la Comunidad Libre Asociada.

PRESENCIA EN EL ÁMBITO INTERNACIONAL

Euskadi quiere reconocimiento propio en Europa, y el texto establece que la Comunidad Libre Asociada dispondrá de "representación directa en los órganos de la Unión Europea". Además, atribuye a las instituciones vascas "la defensa y la promoción de los intereses de los ciudadanos y ciudadanas vascas, pudiendo suscribir, a tal efecto, acuerdos, convenios y protocolos con instituciones y organismos internacionales", en "los ámbitos de su propia competencia".

SISTEMA BILATERAL DE GARANTÍAS

Un riguroso sistema de "garantías" asegurarán el cumplimiento de los compromisos pactados. Se crearía una "Comisión Bilateral Euskadi-Estado" como órgano de consulta, prevención y resolución de conflictos entre ambas partes. Este órgano estará formada por un número igual de representantes designados por el Gobierno del Estado y por el Gobierno vasco.

 
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