Sociedad

La Audiencia Nacional da la razón a TVE en la ejecución de la sentencia sobre la huelga general

Considera correcta la lectura de Urdaci de CC.OO como "Ce, ce, o, o"

La Audiencia Nacional considera que RTVE ejecutó correctamente el acuerdo alcanzado con CC.OO de informar sobre la sentencia del 20J y ha desestimado la pretensión del sindicato para que los Telediarios de TVE volviesen a emitir la información sobre dicha sentencia provisional, que está pendiente de recurso de casación ante el Tribunal Supremo, informó TVE en un comunicado.

El auto de la Audiencia Nacional, publicado hoy, desestima las dos peticiones de CC.OO.: volver a emitir la información en los tres telediarios -TD1, TD2 y La 2 Noticias- o volver a emitirla en el TD1.

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La Audiencia Nacional considera que con la información ofrecida por TVE en los tres telediarios -TD1, TD2 y La 2 Noticias- el pasado 16 de octubre "si se cumplió lo acordado" entre RTVE y CC.OO.

Después del visionado del material audiovisual aportado por las partes, la Sala de lo Social de la Audiencia Nacional considera que sí se cumplió la finalidad pretendida en el acuerdo, con la emisión del contenido dentro de los respectivos telediarios, incluso en el TD1, "precedido de la oportuna entrada general para iniciar las noticias, gráfica y musical, con anterioridad a la pantalla de cierre de dicho informativo".

En este sentido, el auto estima que la despedida de los presentadores y la introducción de un contenido de ballet "no suponen el cierre del espacio ni la ruptura de la unidad de la emisión" y máxime "cuando en las cabeceras de todos los telediarios implicados se anuncia la noticia como parte de su contenido y el nombre completo de Comisiones Obreras".

ACRÓNIMOS Y ABREVIATURAS

Respecto a la consideración por parte de CC.OO. de que la pronunciación del acrónimo Ce, Ce, O, O, era incorrecta y pudiera inducir a confusión, la Audiencia Nacional considera que "los acrónimos constituyen siglas, cuya lectura gramaticalmente debe hacerse por lectura de los signos que las integran, a diferencia de las abreviaturas que se leerán por la palabra abreviada que representan".

Además, entiende que "el formato utilizado por la realización, cámara fija sobre fondo negro, incluso el lugar utilizado en el TD1, es el que se emplea para noticias institucionales o importantes inesperadas que, lejos de menospreciar el contenido, podría pensarse que lo resaltan por contraste con el resto de contenidos expuestos con anterioridad o posterioridad al de la noticia, que de este modo resulta individualizada".

Finalmente, el auto estima que la omisión del adjetivo "general" para referirse a la huelga no afecta a lo pactado y considera "que constituye una ofensa a los televidentes" suponer que "puedan quedar desorientados" por el hecho de que en la información no se utilizara el adjetivo, teniendo en cuenta que se aludió a la fecha del 20 de junio de 2002, día de la huelga general.

Con estas consideraciones, la Sala de lo Social de la Audiencia Nacional entiende cumplido, en lo esencial, el pacto alcanzado entre RTVE y CC.OO. y "satisfecha su finalidad publicitaria" y desestima las pretensiones formuladas por el sindicato.

 
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