Sociedad

La Audiencia Nacional se declara competente para estudiar el accidente del Yak 42

El auto estima los recursos de los familiares de las víctimas contra el archivo de las denuncias

La Sección Cuarta de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional declaró hoy la competencia de este tribunal para investigar los hechos anteriores y posteriores que rodearon al accidente del avión Yakolev 42 ocurrido en Turquía el 26 de mayo pasado y en el que murieron 62 militares españoles.

Así lo acuerda la Sala en un auto en el que estima los recursos interpuestos por la Asociación de Familiares de Víctimas del Yakolev y la asociación Politeya contra la decisión de la juez Teresa Palacios de archivar las denuncias que presentaron en relación a estos hechos.

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El tribunal precisa que la investigación debe ceñirse a "la responsabilidad penal en que hayan podido incurrir determinadas personas de nacionalidad española antes y despuès" del siniestro "por supuesta dejación de sus obligaciones en el control de la contratación y modo de transporte de los militares españoles" y tambièn si las certificaciones de defunción emitidas por los generales de división mèdico pudieran constituir delitos de falsedad en documento oficial y prevaricación.

"En principio, -señala el auto- no cabe entrar a conocer cómo se produjo el accidente aéreo sufrido por el Yak-42", al haberse acreditado "por la documentación aportada por las partes" que este extremo ya está siendo investigando en Turquía, cuyas autoridades son competentes para ello.

"FUERA DEL TERRITORIO NACIONAL"

Los magistrados de la sección cuarta destacan en el auto que no comparten "totalmente" el punto de vista de la juez para decretar el archivo de las denuncias. En la resolución en la que se archivó la primera denuncia, el pasado 12 de noviembre, la juez sostenía que las irregularidades atribuidas a Defensa tuvieron lugar, en todo caso, en territorio nacional, por lo que la investigación no correspondería a la Audiencia Nacional.

En primer lugar, el tribunal considera que la juez debía haber tenido en cuenta la posibilidad de que "algunos de los hechos denunciados pudieron tener lugar fuera del territorio nacional", según "se desprende de alguna de las irregularidades denunciadas" y de los documentos que acompañaban dicha denuncia, "ya que los ilícitos penales en el mecanismo de contratación del Yak-42 seguido por el Ministerio de Defensa se producen en territorio no español".

En este sentido, la Sala recuerda que "las irregularidades relativas al anormal funcionamiento del aparato, así como las producidas después del accidente, como las de identificación de los cadáveres e irregular funcionamiento de la comisión de investigación, se produjeron igualmente fuera" de España.

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Tales irregularidades, añade, "posiblemente derivaron de la ausencia o falta de seguimiento de la ejecución del contrato de transporte por parte del Ministerio de Defensa", lo que podría constituir un delito de comisión por omisión de los responsables de defensa denunciados como garantes.

Respecto a la denuncia contra los dos generales de División Médicos Vicente C. Navarro Ruiz y Josè Antonio Beltrán Doña, quienes firmaron las certificaciones de identificación de los cadáveres en Turquía, el tribunal estima que procede investigar los hechos denunciado y depurar las responsabilidades en que hayan podido incurrir "ante el cúmulo de irregularidades denunciadas y documentación aportada".

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