Sociedad

La depuradora de la macro-urbanización de 'Paco el Pocero' en Seseña incumple la ley

Nuevas irregularidades en la urbanización de Francisco Hernando

La depuradora de aguas residuales de la macro-urbanización de 'Paco el Pocero' en Seseña (Toledo) incumple las normas de actividades insalubres al estar a menos de dos kilómetros de las viviendas, con el consiguiente riesgo para la salud de los vecinos, según ha sabido la Cadena SER. El Tribunal Supremo ha decretado en reiteradas sentencias que esta distancia mínima debe ser siempre tenida en cuenta.

El reglamento de actividades insalubres señala que las depuradoras de aguas residuales, deben estar como mínimo a 2.000 metros del núcleo urbano, lo que ha sido refrendado por el Tribunal Supremo en distintas sentencias que han sentado jurisprudencia.

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A pesar de ello, según consta en el proyecto del PAU del Quiñón donde Francisco Hernando levanta más de 13.500 viviendas la depuradora se encuentra junto a las viviendas incumpliendo la distancia mínima exigida para la salud de los futuros vecinos.

Ese fue el proyecto que presentó ONDE 2000 y que aprobó el Ayuntamiento de Seseña, en Toledo, con el visto bueno de la comisión provincial de urbanismo. Sólo Izquierda Unida se opuso al PAU. La Cadena SER se ha puesto en contacto con ONDE 2000 que no ha querido hacer ningún comentario al respecto.

Esta emisora también ha recabado la versión de la Junta de Castilla la Mancha y del Ayuntamiento de Seseña. Ninguna de estas dos administraciones se responsabiliza de lo ocurrido. La Junta asegura que el Consistorio no le remitió el lugar en el que se iba a construir la depuradora, algo que el Ayuntamiento niega rotundamente.

Expertos juristas han explicado a la Cadena SER que las competencias en materia de medio ambiente han sido transferidas a las Comunidades Autónomas pero que si no legislan sobre actividades insalubres, como es el caso de Castilla la Mancha, se aplica el Reglamento. Añaden además que Seseña no es el único caso y que la práctica totalidad de los nuevos desarrollos urbanísticos no tiene en cuenta esta ley para ubicar la depuradora de aguas residuales.

 
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