
Los inmigrantes en paro podrán renovar su tarjeta sin el requisito de la nómina
Varias ONGs ya habían alertado que miles de extranjeros desempleados no serían capaces de cumplir los requisitos para la renovación de tarjeta

Un grupo de inmigrantes bolivianos esperan en la Plaza que alguien los contrate como albañiles / YM
El pasado 10 de julio, el Consejo de Ministros, ha aprobado la modificación del Reglamento de Extranjería, con el objetivo de facilitar la recolocación de los inmigrantes en paro y la reducción del riesgo de la pérdida de sus permisos de trabajo y residencia.
A las20: 30 de un viernes y Roberto Medrano está por abordar el vuelo que lo llevará de regreso a Bolivia. Su tarjeta de residencia ha caducado hace seis meses y ha vuelto a ser "un sin papeles" después que tanto le costara arraigarse hace siete años y posteriormente sacar su tarjeta de residencia por trabajo. "He decidido irme porque no puedo volver a empezar de cero", dice resignado.
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En ese mismo vuelo directo a Bolivia se han ido otros inmigrantes como Juan Chirino, Blanca Choque, Raúl López y su esposa, entre otros, quienes se van convencidos de que no tienen otra oportunidad para conservar sus papeles. "Si no tienes trabajo no tienes porqué quedarte y peor si pronto serás de nuevo un ilegal", aclara Juan, pero cuando se les consulta de la posibilidad de renovar su tarjeta sin presentar el requisito de la nómina aclaran que "se lo pensarían". "Renovaría la tarjeta pero me regresaría a Bolivia hasta que pasen estos meses duros", sostiene Blanca que ha estado sin trabajar un año.
Este problema del paro y su efecto en la renovación de documentos en los inmigrantes fue trasladado en abril pasado a la Generalitad de Catalunya. El secretario para la Inmigración, Oriol Amorós, expuso el problema y pidió que se "flexibilice los criterios para renovar el permiso de trabajo y residencia de aquellos inmigrantes que se hayan quedado en el paro".
Entonces, Amoròs planteó un nuevo problema que las autoridades no habían contemplado. Los que se volvían a ser irregulares tendrían más dificultad en encontrar trabajo y eso a la vez aumentaría el problema social de la inmigración ilegal.
Cuatro meses después se materializan esas reformas las que han sido aprobadas para disminuir la irregularidad que le sobreviene a la crisis, como el crecimiento de la economía sumergida, el que están inmersos el 50,83% del total de trabajadores, según el Centro de Información de Trabajadotes Extranjeros (CITE).
Raúl Jiménez, portavoz de la Asociación Rumiñahi, ha indicado que la modificación del reglamento ha traído tranquilidad a cientos de inmigrantes que acudían a la asociación en busca de asesoramiento, aunque muchos aun desconocen que se ha hecho esta modificación. "Este es un logro de las asociaciones y algunas ONGs que nos han ayudado a hacer llegar al Gobiernonuestros problemas", aclara.
Solo en colectivo ecuatoriano, el más número de Latinoamérica, existen 135.000 ciudadanos con residencia en Madrid, de los cuales 36.000 estaban inscritos en el Instituto Nacional de Empleo en abril. Hasta la fecha esta cifra ha crecido en un 25% con el crecimiento del paro según Jiménez.
Las medidas aprobadas
1. Autorización inicial: A los extranjeros que cuentan con un permiso inicial, durante el primer año de estancia, sólo se les permite trabajar en un sector de actividad, en una determinada provincia y por cuenta propia o por cuenta ajena. La gran novedad radica en que el decreto aprobado, facilita los trámites para el cambio de sector de actividad, de área geográfica y de modalidad de empleo.
2. Permiso de residencia. Para renovar los permisos de residencia, los extranjeros tienen que presentar un contrato de trabajo en vigor. Si se hallan en paro, no pueden obtener nuevos documentos y caen en la denominada "irregularidad sobrevenida". Pero la nueva disposiciónpermite la renovación para los desempleados, siempre y cuando hayan cotizado a la Seguridad Social al menos nueve meses por año de estancia en el país.
3. Reagrupación en España. Hasta antes de la aprobación de las medidas, si uno de los miembros de un matrimonio de inmigrantes residentes, perdía su trabajo y no tenía la opción de renovar su permiso de residencia, se veía obligado a volver a su país, para que su cónyuge con empleo solicitara desde España su reagrupación familiar. A partir de ahora, si el cónyuge con trabajo demuestra que puede mantener a su pareja, la Administración renovará la autorización de la misma.
¿Dónde acudir?
Jiménez recomienda acudir a las Asociaciones de inmigrantes u ONGs que brindan asesoría jurídica para conocer los requisitos y estudiar cada caso en particular. Una vez que se hayan informado el interesado debe acudir a la oficina de Extranjería que le corresponde portando la última tarjeta, aunque ya esté vencida, y la documentación sobre sus últimas cotizaciones.
