Sociedad

EL TSJM autoriza la manifestación de los guardias civiles que prohibió el Gobierno

Dice que prohibirla excede "el límite legal", que vulnera derechos fundamentales y rechaza el carácter sindical del acto

El Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) ha revocado la decisión de la Delegación de Gobierno que prohibió a los guardias civiles manifestarse en defensa de sus condiciones laborales al entender que era un acto sindical no permitido a los agentes del Instituto Armado. Según el fallo del tribunal madrileño conocido hoy, se declara "nula" aquella decisión por entender que "no se ajusta a derecho y vulnera el derecho fundamental de reunión de los guardias civiles".

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En el auto hecho público hoy, la Sala de lo Contencioso-Administrativa ha estimado el recurso presentado por la Asociación Unificada de Guardias Civiles (AUGC) y la Unión de Oficiales (UO) considera que la decisión de la Delegación del Gobierno en Madrid "excede el límite legal" y "vulnera un principio fundamental", reconocido en la Constitución, por lo que declara la prohibición "nula de pleno Derecho".

La Sala reconoce así el derecho a manifestarse de los agentes del Instituto Armado para "la defensa y promoción de sus intereses profesionales", por lo que AUGC junto con la Unión de Oficiales (UO) podrán mantener la marcha en defensa de las condiciones laborales de los miembros del Instituto Armado, sin necesidad de acudir a título particular y como un ciudadano de a pie a un acto anunciado por la Asociación de Automovilistas Europeos (AEA) en apoyo a los agentes.

El Ministerio Fiscal y el Abogado del Estado se opusieron a la celebración de la manifestación alegando que su contenido y objetivos tenían "claramente" carácter sindical y defendieron que los integrantes del Instituto Armado "no son titulares" del derecho de reunión, "por haberles sido negado expresamente por la Constitución y la Ley".

Sin embargo, la sentencia, de la que ha sido ponente el magistrado Gregorio del Portillo García, no comparte esta motivación y evoca la Ley Orgánica reguladora de los derechos y deberes de la Guardia Civil de 2007 que afirma que los agentes "son titulares de los derechos fundamentales y libertades públicas" reconocidas en la Carta Magna, en la que se defiende el "derecho de reunión pacífica y sin armas". "Los guardias civiles son titulares de tal derecho", zanja en su resolución.

Advertencia de Velázquez

Los guardias civiles consideraron que la decisión de la Delegación de Gobierno estaba "teledirigida por Interior" al que acusaron de tratarles "como a los terroristas de ETA". Precisamente hoy, ante de conocer el fallo del TSJM, el director general de la Guardia Civil, Francisco Javier Velázquez, calificó estas declaraciones como "absolutamente desmedidas" al tiempo que advirtió a los agentes de posibles sanciones disciplinarias: "la Dirección General de la Policía y la Guardia Civil actuará en consecuencia en virtud de las actuaciones que hayan tenido determinadas personas".

El TSJM cita jurisprudencia del Tribunal Constitucional y añade que los integrantes del Instituto Armado tienen igualmente reconocido el derecho a la libertad de expresión. "No podemos sino reiterar que los guardias civiles son titulares de ambos derechos fundamentales", destaca.

No hay razones fundadas

Añade que para que los poderes públicos puedan incidir en el derecho de reunión deben alegar "razones fundadas" como es, por ejemplo, la alteración al orden público y asegura que, en este caso, la Administración "no ha identificado cuál es el bien constitucional que resulta perjudicado" por la celebración de la manifestación. "No basta con que existan dudas sobre si el derecho de reunión pudiera producir efectos negativos", añade en su sentencia, en la que resalta que el ámbito profesional y sindical son "dos realidades distintas".

"Nada permite afirmar que una asociación, por el hecho de perseguir la satisfacción de intereses económicos, sociales o profesionales de sus asociados, se convierta en un sindicato o pueda ser equiparado al mismo", señala. Asimismo, cuestiona el "cambio de criterio" mostrado por la Subdelegación del Gobierno en Madrid, que no prohibió actos convocados por la AUGC y la UO y que se celebraron en julio y septiembre en la vía pública.

"Lo que hacemos ahora es determinar qué actividades tienen carácter sindical y, en concreto, afirmar con rotundidad que, a los efectos de la limitación del derecho de reunión de los guardias civiles, carecen de tal naturaleza las de promoción de sus intereses profesionales, en la medida en que las desenvuelvan al margen de la actuación de cualquier organización sindical", concluye.

Asimismo, en previsión de que el Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) no les diese la razón, tanto la AUGC como UO ya habían convocado por otro lado un acto a puerta cerrada en un pabellón en la localidad madrileña de Rivas Vaciamadrid, donde pretendían reunirse sin necesidad de manifestarse en la calle, eludiendo así las prohibiciones.

Nueva jornada laboral

El director general de al Policía y de la Guardia Civil, Francisco Javier Velázquez, ha recordado hoy el carácter militar del Cuerpo mientras ha presentado la firma de la Orden General que regula la nueva jornada laboral para la Guardia Civil, en la que se incluye una reducción de hasta 150 horas al año, así como otras medidas para conciliar la vida laboral y familiar.

Asimismo, el ministro del Interior, Alfredo Pérez Rubalcaba, también defendió el pasado martes la naturaleza del Instituto Armado y aseguró que su Departamento será firme a la hora de velar por sus cimientos.

 
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