Sociedad

Los argumentos de la doctrina Parot

El Tribunal Constitucional hace pública la sentencia que estima el recurso de amparo del etarra José María Pérez

El Tribunal Constitucional ha hecho pública la primera sentencia sobre la doctrina Parot. Resolución por la que los magistrados excarcelan por unanimidad al etarra José María Pérez, condenado a 197 años de cárcel por el asesinato de un agente de la Guardia Civil. El alto tribunal considera que contaba con un auto firme de licenciamiento definitivo, antes de que se le aplicara esta doctrina, con lo que se vulneró su derecho a la tutela judicial efectiva.

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El Tribunal Constitucional ha hecho públicos los argumentos por los que ha decidido revocar la doctrina Parot a tres etarras que salieron de la cárcel a finales del mes pasado. La sentencia hecha pública estima el recurso del etarra José María Pérez, condenado a 197 años de cárcel por el asesinato de un Guardia Civil . Los magistrados, por unanimidad, consideran que contaba con una resolución firme para que pudiera abandonar la prisión, antes de que se le aplicara la doctrina Parot.

La sentencia subraya que "la intangibilidad de las resoluciones judiciales firmes constituye una realidad que no puede ser ignorada o contradicha ni por el propio órgano judicial ni por otros en procesos conexos". Añade que, "el derecho a la tutela judicial efectiva impide a los Jueces y Tribunales revisar el juicio efectuado en un caso concreto porque la protección judicial carecería de efectividad ". En este caso, concluye, "se ha modificado una resolución judicial firme, sin mediar recuso legal, por lo que se ha vulnerado el derecho a la tutela judicial efectiva".

Pedro Jiménez

Pedro Jiménez

Redactor Jefe en la Cadena SER. Antes he pasado por los equipos de Hora 14, Radio Madrid, Fin de Semana,...

 
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