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La Justicia condena a indemnizar a los pasajeros españoles del Costa Concordia

Un juzgado de Madrid obliga a la compañía del "Costa Concordia" a pagar 17.594 euros a cada uno de los 22 pasajeros españoles que viajaban en el crucero. El naufragio se produjo en la costa italiana de Giglio el pasado enero de 2012, en el que murieron 32 personas y 64 heridos.

La jueza rechaza la petición de la compañía de esperar a la resolución en el proceso penal Italiano por las posibles negligencias que llevaron al hundimiento del buque. Los afectados recurrirán la indemnización. De un total de 2,9 millones que pedían, la magistrada lo ha dejado 330.000 euros en concepto de daños físicos, psíquicos y morales y 2.250 euros por pérdida de equipaje.

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La magistrada del juzgado de Instrucción Nº 63 de Madrid, Ana Isabel Collado, ha condenado a la naviera italiana Costa Cruceros a indemnizar con 17.500 euros por daños físicos, psíquicos y pérdida de equipaje a cada uno de los 22 pasajeros españoles afectados por el naufragio del 'Costa Concordia'. La sentencia, a la que ha tenido acceso la Cadena SER, da la razón a la Asociación de perjudicados aunque no en la cantidad que reclamaban, cerca de 3 millones de euros.

Para establecer la indemnización, la jueza ha utilizado el caso del 'Sea Diamond', buque hundido en las costas griegas de la isla de Santorini, en el que fallecieron dos personas. En el caso del Concordia, hundido el pasado 13 de enero de 2012 con 4.229 pasajeros a bordo, murieron 32 personas y 64 heridos.

Las tareas de evacuación duraron más de siete horas y los pasajeros desbordaron la isla de Giglio. Los afectados tuvieron que dormir en colegios, guarderías, hoteles o en la iglesia. La demanda fue interpuesta por la Asociación de Afectados Españoles el 27 de julio de 2012 y, como destaca la defensa, "lo que deberían haber sido unas vacaciones placenteras se convirtió en posiblemente la peor de las pesadillas".

El fallo destaca que los pasajeros sufrieron un impacto o sufrimiento psíquico o espiritual innegable como sólo puede entenderse en el caso de sufrir el hundimiento del buque.

Además, la magistrada rechaza la petición de la compañía Costa Crociere de esperar a que termine el procedimiento abierto en Italia por las supuestas negligencias penales que causaron el naufragio. Sin embargo, "la posible responsabilidad penal en aquel procedimiento se está investigando carece de influencia para la contienda judicial dado que la acción de la condena ejercitada por la Asociación de perjudicados se fundamenta en un incumplimiento contractual".

El naufragio "a la italiana"

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