
La justicia europea avala la capacidad del juez para anular contratos abusivos
El Tribunal de Justicia de la Unión Europea anula un contrato con cláusulas abusivas siguiendo la jurisprudencia de la última década
El Tribunal de Justicia de la Unión Europea ha ordenado anular la totalidad del contrato firmado entre una mujer húngara y una aseguradora por tener cláusulas abusivas. José María Seijo, magistrado que recurrió la ley hipotecaria en Europa, señala que esta sentencia va en la línea de la jurisprudencia aplicada en Europa y España desde hace una década.
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La justicia europea sigue poniéndose del lado de los más débiles. El Tribunal de Justicia de la Unión Europea ha anulado un contrato con cláusulas abusivas entre una ciudadana húngara y una aseguradora, señalando que un juez tiene que plantearse "todas las consecuencias" que nazcan de las cláusulas abusivas de un contrato y que por tanto tiene potestad para anularlo entero.
Es un texto del Tribunal de la Unión Europea que también especifica que un juez nacional está obligado a considerar la nulidad de un contrato incluso sin que el consumidor afectado lo reclame: "Debe constatar que el consumidor no quede vinculado por la cláusula y apreciar objetivamente si el contrato afectado puede subsistir sin esa cláusula", teniendo en cuenta el derecho interno de cada país y buscando siempre "restablecer el equilibrio entre las partes".
El magistrado José María Seijo, juez que llevó la ley hipotecaria española ante la justicia europea, valora esta sentencia para la Cadena SER señalando que no hace sino dar continuidad a una jurisprudencia que se ha venido aplicando durante la última década. De hecho el Tribunal de la Unión Europea recuerda en esta sentencia que su jurisprudencia define las cláusulas abusivas como aquellas que "causan un desequilibrio importante en detrimento del consumidor", y matiza que según la directiva europea este carácter abusivo se apreciará teniendo en cuenta "todas las circunstancias y el resto de cláusulas del contrato".
El texto, firmado por la Sala Primera del Tribunal de Justicia de la Unión Europea con la jueza María Berger como ponente, resuelve así el conflicto entre una ciudadana húngara y la aseguradora Aegon. La recurrente llevó ante la justicia la cantidad de dinero que debía a la aseguradora en virtud de un contrato de préstamo económico: un contrato con una tasa anual de intereses del 7,65%, un porcentaje que la aseguradora podía modificar de forma unilateral sin que la afectada pudiera romper el contrato.
