El Supremo avala la paralización del derribo de El Cabanyal
El alto tribunal rechaza el recurso de la Generalitat Valenciana contra la orden del Ministerio de Cultura que paralizó la reforma del barrio
El Tribunal Supremo ha avalado por segunda vez la orden del Ministerio de Cultura de diciembre de 2009 que suspendió la reforma del barrio valenciano de El Cabanyal por entender que supondría un expolio del conjunto histórico. Se trata de la segunda vez en que el Supremo avala esta orden, ya lo hizo en 2011 al rechazar el recurso del Ayuntamiento de Valencia contra la medida cautelar, y señala que "los casos de expoliación del patrimonio cultural, artístico y monumental son competencia exclusiva del Estado", dando así el visto bueno a la actuación de Cultura.
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El Tribunal Supremo ha dado el visto bueno a la paralización del derribo del barrio valenciano de El Cabanyal que ordenó el Ministerio de Cultura en diciembre de 2009. Los jueces han rechazado el recurso que la Generalitat valenciana interpuso contra la sentencia de la Audiencia Nacional que igualmente desestimó su recurso contra esta orden de Cultura, avalando esta suspensión dictada por el Estado señalando que "los casos de expoliación del patrimonio cultural, artístico y monumental son una competencia exclusiva atribuida por la Constitución al Estado".
Fue en diciembre de 2009 cuando el Ministerio de Cultura, en una decisión ahora avalada en su fondo por el Tribunal Supremo, ordenó paralizar la ejecución del Plan Especial de Reforma Interior (PEPRI) de este barrio por la afectación que podría tener al conjunto histórico, "en tanto se lleve a cabo una adaptación del plan que garantice la protección de los valores históricos y artísticos que motivaron la calificación de éste como conjunto histórico".
Los jueces del Supremo avalan en esta sentencia la competencia del Estado, a través del Ministerio de Cultura, para ordenar la paralización, negando que tal y como señalaba la Generalitat hubiera excedido sus límites: "Los casos de expoliación del patrimonio cultural, artístico y monumental son una competencia exclusiva atribuida por la Constitución al Estado".
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