Tribunales

La trama Gürtel deja de ser supuesta

La primera sentencia firme de la actividad corrupta de la trama en Valencia entre 2005 y 2009 deja por escrito que Gürtel era una asociación ilícita, que se beneficiaron de sus buenas relaciones con el PP y se hace eco de las recientes confesiones

Francisco Correa, presunto cabecilla de la trama Gürtel, y Pablo Crespo / POOL - Archivo EUROPA PRESS

Madrid

Once de febrero de 2009. Miércoles. Mariano Rajoy comparece ante los medios escoltado por su Comité Ejecutivo Nacional y, sin admitir preguntas, hace la afirmación rotunda: "No es una trama del Partido Popular, como algunos pretenden, esto es una trama contra el Partido Popular, que es una cosa muy distinta". Nueve años, tres meses y una decena de piezas separadas después, el Tribunal Supremo ha dictado la primera sentencia firme sobre el caso, en torno a una de las ramas valencianas, dejando por escrito que la trama Gürtel convivía con el Partido Popular y no vivía a su costa.

Gürtel, una asociación ilícita

La trama Gürtel es una trama. La sentencia declara probado, en firme, que Correa, Crespo y Pérez urdieron un entramado de empresas para, por un lado, conseguir contratos públicos y, por otro, llegar incluso a subcontratarse a sí mismos para seguir engordando el botín valenciano, cada uno cumpliendo su función dentro del engranaje corrupto. La sentencia confirma que tanto ellos tres como sus empleados deben ser condenados por un delito de asociación ilícita, precursor de la organización criminal en el Código Penal.

Las empresas del 'Grupo Correa', según los jueces, nacieron para ser "un entramado para posibilitar el delito y eludir su persecución y facilitar la obtención de los beneficios obtenidos", en este caso de las arcas públicas valencianas. Un "entramado de sociedades, estructurado y jerarquizado, para participar en licitaciones públicas con vulneración de la legislación administrativa y los principios de transparencia que deben guiar la acción administrativa". Con varios juicios y sentencias por delante, la sentencia sí llama a "prevenir futuros riesgos de doble condena por el mismo hecho" en cuanto a este delito.

La Gürtel y el PP

El proceso judicial que ha cristalizado en esta sentencia del Tribunal Supremo no ha investigado la financiación supuestamente irregular del PP, algo que sí reflejará por ejemplo la sentencia que dictará la Audiencia Nacional en otra pieza separada del caso. Lo que sí explica, haciéndose eco muchas veces de la sentencia de instancia, es cómo la Gürtel entró en la administración valenciana de la mano del Partido Popular: pone encima de la mesa "la evidente conexión entre el grupo de empresas Correa con el partido que sustentaba al gobierno" valenciano.

Milagrosa Martínez durante el juicio en el TSJCV / Juan Carlos Cárdenas

En esta rama de Gürtel, los jueces canalizan esta "conexión" a través de la consejera Milagrosa Martínez, condenada a nueve años de cárcel, asegurando que la "toma" de la Consejería de Turismo por parte de las empresas de Francisco Correa vino propiciada por "las fluidas relaciones personales de amistad" que mantenían con ella "propiciadas por el conocimiento personal derivado de la participación del grupo en anteriores campañas con el partido político que sustentaba el gobierno de la Comunidad Autónoma".

Regalos por contratos

La sentencia explica cómo el apoyo de Martínez y sus súbditos quedó perfectamente apuntalado, tanto en ese momento como de cara al futuro: los regalos. En las Navidades de 2005, la trama agasajó a la consejera con un reloj valorado en más de dos mil euros, algo que según el Supremo sirvió tanto para agradecer los servicios prestados como para asegurarse contratos futuros. "No se trata solo de agradecer un servicio prestado. El relato fáctico alude a una doble finalidad, agradecer el servicio prestado el año 2005, y asegurarse, preservar las siguientes convocatorias el mismo trato de favor", dicen los jueces.

Las grabaciones primigenias

Algunos de los pinchazos telefónicos del caso Gürtel terminaron por llevarse por delante la carrera de magistrado de Baltasar Garzón al ordenar grabar las conversaciones que varios imputados - Correa y Crespo - mantenían con sus abogados dentro de la cárcel de Soto del Real. Seis años después de esa condena, los imputados siguen esgrimiendo la nulidad de estas escuchas concretas para buscar la nulidad de todas las causas, algo que acaba de rechazar el Tribunal Supremo en esta sentencia: "La nulidad tiene lugar en los inicios de la investigación, siendo distintos los letrados, que intervienen a los que participaron en el juicio oral, sin que la injerencia declarada nula permitiera conocer ninguna situación que afecte" a su defensa, dice contestando al recurso de Correa. 

Esa nulidad no afecta a la causa, y las conversaciones grabadas por el entonces concejal de Majadahonda, José Luis Peñas, en sus conversaciones con la trama de la que entonces formaba parte tampoco son ilegales: "Lo prohibido es la indagación de la intimidad por parte de los órganos públicos de investigación sin observancia de las garantías legales y constitucionales", dicen los jueces.

Las confesiones

En los últimos meses, empresarios y políticos imputados en distintas piezas de la trama Gürtel han optado por reconocer los hechos de los que son acusados en busca de unas peticiones de cárcel menos abultadas por parte de la Fiscalía. Una de las más sonadas fue la de Francisco Correa en el juicio de la 'Época I' de la trama, que ha tenido continuidad en el de la rama valenciana, unida a la del exdirectivo del PP valenciano, Ricardo Costa, Álvaro Pérez 'El Bigotes' y diversos empresarios acusados de financiar ilegalmente al Partido Popular.

Confesiones o colaboraciones con la Justicia llevadas a cabo en otros procedimientos pero de los que se hace eco la sentencia hecha pública hoy por el Tribunal Supremo. Los jueces contestan al recurso de casi 500 páginas de Pablo Crespo, condenado a más de trece años de cárcel, haciéndose eco de su reciente declaración en la Audiencia Nacional adimitendo que los empresarios pagaban en negro los actos del PP.

Crespo en una imagen de archivo de 2011 bajo arresto / Santi Otero

Su recurso, dicen los jueces, "se compagina mal con las noticias, que llegan a través de los medios de comunicación, de que en las vistas por nuevos señalamientos de juicio oral por hechos cometidos por el grupo de empresas, se plantea una nueva estrategia procesal de defensa en la que se parte de un reconocimiento de los hechos, su antijuricidad, con conformidad con la calificación jurídica de la acusación. La impugnación que se plantea es difícilmente compatible con las nuevas estrategias de defensa".

Calendario judicial diabólico

La trama Gürtel no termina con esta sentencia, que de hecho dibuja una parte mínima de la actividad corrupta que le atribuye la Justicia en toda su extensión. Este mismo martes ha quedado visto para sentencia, en la Audiencia Nacional, el juicio por la actividad valenciana de la trama, y la misma Audiencia Nacional está a punto de emitir la sentencia de la denominada como 'Época I': las andanzas de Correa y sus socios 'populares' en Madrid, Estepona y Castilla y León entre 1999 y 2005. La primera que versa sobre la financiación supuestamente irregular del PP, de regalos a políticos de primer nivel como Ana Mato y Jesús Sepúlveda, de contratos amañados por docenas y de millones en Suiza de su tesorero.

 
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