Tribunales
Agresiones sexuales

España tendrá que indemnizar a un hombre encarcelado por una violación que no cometió

La Audiencia Nacional confirma una indemnización de 147.720 euros para el holandés Romano Van der Dussen

Los jueces explican que no se le tendría que haber reconocido la indemnización pero alega que no puede retirársela

Van der Dussen tras su salida de prisión / EFE

Madrid

España tendrá que indemnizar con casi 150.000 euros al holandés Romano Van der Dussen por los tres años y cuatro meses que pasó en prisión condenado por una violación que no cometió. La Audiencia Nacional ha confirmado la decisión de indemnizarle por el tiempo que pasó entre rejas hasta que la Justicia tuvo en cuenta las pruebas de ADN y le exoneró de una de las tres agresiones sexuales que se le atribuyeron en un primer momento.

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La historia de Romano Van der Dussen, ahora afincado en Palma de Mallorca, arranca hace más de quince años cuando fue acusado de violar y robar a tres mujeres en la localidad malagueña de Fuengirola en una misma madrugada. Fue condenado a casi quince años de cárcel, pero el Tribunal Supremo tomó la palabra once años más tarde: unas pruebas de ADN en poder de la Justicia desde 2007 demostraban que él no era el culpable de uno de los ataques, sino el británico Mark Dixie.

La decisión del Supremo anuló una parte considerable de la condena impuesta en un primer momento, seis años y medio de cárcel de un total de casi quince, manteniendo "íntegramente" su culpabilidad en los otros dos casos, teniendo que ser excarcelado: para entonces Van der Dussen llevaba ya doce años y medio en prisión, un total de tres años y cuatro meses más de lo que le hubiera correspondido según los cálculos del propio afectado.

El holandés, que siempre ha defendido que las deficiencias en la investigación y actuación de la Justicia han impedido demostrar también su inocencia en los otros dos casos, pidió una indemnización de 6,3 millones de euros y finalmente serán casi 150.000 euros. La Audiencia Nacional ha confirmado la cantidad que reconoció el Ministerio de Justicia advirtiendo que no se le tendría que haber dado nada.

Las pruebas de ADN

La Audiencia Nacional, el una sentencia recurrible y con el magistrado Francisco Díaz como ponente, rechaza el recurso del holandés y confirma la indemnización concedida por el Ministerio explicando que, según su criterio, no tendría que haber sido indemnizado pero que no puede retirarle esa cantidad de 147.720 euros por el reformatio in peius que llama a no empeorar la situación reconocida por la vía administrativa.

Los magistrados de lo contencioso-administrativo critican que se le haya concedido la indemnización al amparo del artículo 960 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, recordando que el Supremo le absolvió por la aparición de una prueba nueva y no por un error judicial. Examinando los nueve años que tardó en ser absuelto tras la aparición del ADN y la figura de Mark Dixie en la ecuación, descartan también un funcionamiento anormal de la Justicia.

Romano van der Dussen (i) antes de su ingreso en prisión en 2003. El británico Mark Dixie (d) / EFE

Con varias cuestiones de competencia y una comisión rogatoria al Reino Unido de por medio, la Audiencia Nacional entiende que "el tiempo empleado en la práctica de la meritada prueba obedeció al funcionamiento propio de la actividad jurisdiccional, y ello con las complicaciones propias de la sustanciación de varios incidentes de cuestiones de competencia que fueron planteados entre diferentes Juzgados y de la tramitación de una comisión rogatoria internacional".

 
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