Tribunales
Violaciones

Doce años de cárcel por violar a la trabajadora de un museo de Tenerife

El Supremo confirma la condena impuesta a un joven por violar en 2016 a una mujer que limpiaba los baños del museo

La víctima aseguró durante el juicio que el acusado dijo que "acaba de salir de prisión y necesita estar con una mujer"

Fachada del Museo del Pescador de Puerto Santiago / Google Street View

Madrid

El Tribunal Supremo ha confirmado una condena de doce años de prisión para un joven que en 2016 violó a punta de navaja a una trabajadora de un museo de la localidad tinerfeña de Puerto de Santiago. La víctima, que estaba limpiando los baños cuando fue atacada, relató al tribunal cómo su agresor dijo que "acaba de salir de prisión, por lo que necesita estar con una mujer".

Los hechos, según la sentencia a la que ha tenido acceso la Cadena SER, ocurrieron en septiembre de 2016 en el Museo del Pescador de Puerto Santiago, en Santiago del Teide. El acusado, que tenía entonces 22 años y ya entonces tenía antecedentes penales, asaltó a punta de navaja a su víctima que acababa de empezar su jornada laboral y en ese momento limpiaba los baños de edificio. Después de la agresión sexual el acusado además robó el teléfono móvil a su víctima antes de huir del lugar.

A lo largo del proceso judicial la víctima mantuvo su versión y especificó incluso que el acusado rechazó su bolso cuando se lo ofreció, diciendo que "lo que quiere es sexo ya que acaba de salir de prisión, por lo que necesita estar con una mujer". Antes de abandonar el museo "pidió perdón" a la mujer, lo que Justicia considera "una humillación, que no arrepentimiento".

El Tribunal Supremo, con Julián Sánchez Melgar como ponente, acaba de confirmar la condena que le impuso en un primer momento la Audiencia Provincial de Santa Cruz de Tenerife: doce años de prisión por un delito de agresión sexual y una multa de 90 euros por uno leve de hurto, además de la obligación de indemnizar con 30.000 euros a su víctima y pagarle el precio del teléfono que robó "con ánimo de enriquecimiento ilícito".

Reparación del daño

Las distintas sentencias dictadas en este caso reflejan cómo el violador pidió que se tuviera en cuenta como atenuante de reparación del daño el hecho de haber pedido "perdón" a la víctima después de perpetrar la violación. Los jueces de Audiencia Provincial rechazaron esta posibilidad en primera instancia recordando que, en el juicio, el acusado "no sólo no se mostró arrepentido ni se disculpó por sus actos, sino que se consideró, él, víctima de una acusación infundada, manifestando que esta mujer le había destrozado sus capacidades mentales".

Fachada del museo donde tuvo lugar el ataque / Google Street View

El acusado pasó de negar los hechos a reconocer que había mantenido una relación con la mujer, aunque consentida, mientras que la declaración de la víctima "siempre ha sido coherente, sin ambigüedades ni fabulaciones" según recuerda el Tribunal Supremo. Los restos de ADN analizados por la Guardia Civil en el escenario del crimen también fueron la clave, explica la sentencia, para identificar al joven como autor de la violación.

 
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