Economia y negocios
Coronavirus Covid-19

¿Puedo seguir haciendo pedidos online?

El real decreto que ha aprobado el Consejo de Ministros extraordinario contempla una ampliación del estado de alarma que implica la no movilidad de los trabajadores no esenciales, esto es, solo podrán seguir trabajando quienes estén en el listado que les ha adelantado la Cadena SER

Un repartidor de Correos al lado de su vehículo de trabajo tras recoger unas pizzas cocinadas en la pizzería Grosso Napoletano ubicada en la calle Sánchez Pacheco, 69 (Madrid) para llevarlas expresamente al personal de los centros sanitarios de Madrid. Esta labor surge tras la unión de la empresa de mensajería con #Food4Heroes, una iniciativa solidaria surgida de los restauradores madrileños para proporcionar la comida y la cena al personal de los principales centros sanitario de la capital, en Madrid (España), a 27 de marzo de 2020. / Ricardo Rubio EUROPA PRESS

Madrid

El real decreto para ampliar las medidas de confinamiento por el coronavirus arroja algunas preguntas interesantes. ¿Son los pedidos online una actividad esencial que va a seguir funcionando? ¿Puedo seguir pidiendo comida a domicilio? El listado completo de actividades consideradas esenciales, que ha adelantado la Cadena SER, puede encontrarlo en el siguiente enlace. 

Sí se pueden realizar pedidos online

En la categoría 34 de las actividades consideradas esenciales aparece específicamente la referencia al comercio online. "Las personas que trabajan en la distribución y entrega de productos adquiridos en el comercio por Internet, telefónico o correspondencia", es decir, los repartos van a seguir funcionando. Ahora bien, la producción de productos no esenciales va a quedar detenida, por tanto solo podrán adquirirse los objetos que queden en stock. Cuando esto se agote es probable que ya no se pueda tener acceso a ello, pero hablamos siempre de productos no esenciales como videojuegos, libros, etc. 

Sí habrá comida a domicilio

"Las personas trabajadoras de las actividades de hostelería y restauración que prestan servicios de entrega a domicilio", es decir, en el listado de actividades esenciales están también los repartidores de comida a domicilio de toda índole. A través de los servicios habituales la población podrá seguir pidiendo a domicilio. 

 
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