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El Supremo advierte: enviar a los presos del procés a pasar la cuarentena en casa tendrá consecuencias

La Consellera de Justícia, Ester Capella, ha anunciado su intención de enviar a casa a los presos que se benefician del artículo 100.2 durante el estado de alarma

Instituciones Penitenciarias: "Los internos clasificados en 100.2 no tienen posibilidad de pernoctar en sus domicilios ni de acceder al control telemático, salvo que lo haya autorizado previamente el juez"

El presidente de Òmnium Cultural, Jordi Cuixart, llega a la empresa Aranow, de la que es presidente y fundador, procedente de la prisión barcelonesa de Lledoners. En Barcelona (Catalunya, España), a 13 de febrero de 2020. / Pau Venteo - Europa Press - Archivo Europa Press

Madrid

El Tribunal Supremo exigirá explicaciones por la vía penal a la administración catalana si los presos del procés que tienen permisos penitenciarios son enviados a casa a pasar la cuarentena durante el estado de alarma. Desde el alto tribunal explican que se dirigirán a las cárceles para que expliquen los motivos si esto se termina realizando y advierten de las consecuencias penales que puede tener para el que tome la decisión, esgrimiendo una acusación por prevaricación.

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Ha sido la Conseller ade Justícia de la Generalitat de Catalunya, Ester Capella, quien ha hecho el anuncio a través de un vídeo en las redes sociales esta mañana. "He pedido a todas las direcciones de los centros penitenciaros de Catalunya que busquen la manera de vaciar ("esponjar") nuestras prisiones. Que miren si (...) los que están clasificados con el 100.2 pueden esta confinados en su casa". Varios de estos presos del procés, como Jordi Cuixart, Oriol Junqueras o Raül Romeva, entre otros, tienen permisos y trabajan en base a este artículo en contra del criterio de la Fiscalía.

Un anuncio que no ha gustado en el Tribunal Supremo. Desde la sala que dirige Manuel Marchena advierten que si se acuerda esta excarcelación de los presos del procés el Supremo pedirá explicaciones a las juntas de régimen general y a los directores de las cárceles para que "a la mayor brevedad" expliquen y justifiquen jurídicamente la decisión e identifiquen uno por uno a los funcionarios que lo han apoyado.

El objetivo, en caso de llegar a este escenario, sería iniciar una acusación por prevaricación contra los responsables de la decisión.

Prohibición expresa

El pasado 19 de marzo era Instituciones Penitenciarias el organismo que emitía un comunicado a este respecto. "Instituciones Penitenciarias no ha ordenado mandar a casa a los internos en tercer grado o régimen de flexibilidad (artículo 100.2 del Reglamento Penitenciario", especificando además que "los internos clasificados en 100.2 no tienen posibilidad de pernoctar en sus domicilios ni de acceder al control telemático, salvo que lo haya autorizado previamente el juez en su plan de tratamiento individualizado".

 
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