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Coronavirus Covid-19

El Gobierno estudia fórmulas para el confinamiento obligatorio o su control telefónico

Juan Carlos Campo admite que hay debate jurídico sobre cómo actuar ante un asintomático que rechace el confinamiento

Fotografía facilitada por Moncloa del ministro de Justicia Juan Carlos Campo / Jose Maria Cuadrado Jimenez EFE

Madrid

El ministro de Justicia, Juan Carlos Campo, ha explicado que la forma de actuar frente a la negativa a guardar el confinamiento por parte de ciudadanos que den positivo en coronavirus y que sean asintomáticos está abierta a debate jurídico, y que deberán establecerse criterios sobre cómo actuar en estos casos con criterios de "proporcionalidad".

El ministro ha apuntado tres de estos supuestos: el de alguien que es positivo y vive con sus padres octogenarios, no les quiere contagiar y pide que le lleven a otro lado para ser atendido; el de aquel que vive solo y no quiere vivir esa situación en soledad; y en tercer lugar el del reticente o renuente a someterse a aislamiento pese a dar positivo en los test de detección de la enfermedad.

Castigo penal

En este último caso, Campo ha recordado que el propio Código Penal contempla como delito el cometido por quien voluntariamente contagia a otras personas. Y ha añadido que "cuando a una orden que se le ha dado a un ciudadano desde los servicios sanitarios diciéndole usted tiene que confinarse y quedarse en casa porque aunque está asintomático, puede contagiar y, por tanto, usted tiene una obligación de no hacerlo".

Ademas, las administraciones públicas tienen la obligación de satisfacer esa obligación de que "esta persona no esté contagiando a los demás". "Y no voy a recordar que el código penal establece incluso esa posibilidad de el que voluntariamente contagie, pero aquí lo que estamos hablando es la posibilidad de decirle, oiga usted tiene que confinarse y la pregunta es ¿y si no se quiere confinarse? pues entonces ahí donde está abierto el debate. Y tenemos que establecer criterios de proporcionalidad y de ajustarse al ordenamiento jurídico lo que hay que aquilatar. A partir de ahí pediremos los informes pertinentes y con ello se actuará".

Control telefónico

En este sentido, Campo también ha respondido a una segunda pregunta sobre la afectación a los derechos fundamentales del uso de aplicaciones móviles que ya se utilizan en otros países, como la República Checa o China, que permiten controlar los itinerarios de un ciudadano para ver si cumple con las medidas de confinamiento. "Todo se está estudiando en función de lo que marcan las autoridades sanitarias", ha manifestado el titular de Justicia, que considera que lo que no razonable es no establecer mecanismos para evitar el contagio a la ciudadanía y que el uso de estos instrumentos estaría avalado por la propia Agencia Española de Protección de Datos (AEPD).

Juan Carlos Campo, precisa, "no es razonable que establezcamos algún mecanismo para que esa persona si sale de casa, podamos decir que está contagiando a la ciudadanía y por tanto se tiene que ser detenido (...) porque a esa persona hay que retirarla del circuito, porque está contaminado y está contagiando a conciudadanos y por tanto tenemos que controlarlo, pero insisto todo esto se está estudiando de una manera respetuosa con el ordenamiento jurídico porque no existe una devaluación del Estado de Derecho en el decreto de alarma".

Javier Álvarez

Javier Álvarez

Ha desarrollado la mayor parte de su carrera en La Cadena SER donde esta vinculado a la sección de Justicia...

 
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