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Absueltas en firme trece personas que protestaron en un acto de Vox en Vallecas

La Audiencia de Madrid confirma la absolución de trece personas acusadas de increpar a simpatizantes de Vox en abril de 2019

"No se declara probado que se generase un ambiente de violencia por los acusados", dice la Audiencia

Imagen de archivo de un acto electoral de Vox / Álex Cámara Europapress

Madrid

Trece personas acusadas de increpar a simpatizantes y militantes de Vox en Vallecas en abril de 2019 han sido absueltas en firme por la Audiencia Provincial de Madrid. Los jueces han rechazado el último recurso de los denunciantes y entienden que la protesta frente a una mesa informativa del partido de ultraderecha ni impidió el acto ni tampoco "generó un ambiente de violencia".

Los hechos tuvieron lugar el 5 de abril de 2019 cuando simpatizantes y militantes de Vox organizaron una mesa informativa del partido en la campaña de las elecciones autonómicas y municipales de mayo. Varias decena de personas acudieron a esa zona de Puente de Vallecas a protestar contra la presencia del partido ultraderechista en el barrio al grito de "racistas, fascistas, fuera de nuestros barrios, homófobos...", recoge la Justicia.

No hubo incidentes aunque la Policía Nacional formó un cordón de seguridad para que el acto pudiera desarrollarse. Dos de las personas que participaron en el acto, entre ellos un miembro de la lista de Vox al Ayuntamiento de Madrid que no consiguió puesto de concejal, llevaron a trece de las personas identificadas ante la Justicia.

Primero fue el juzgado 13 de Madrid el que decidió absolver a los trece acusados y ahora ha sido la sección 4ª de la Audiencia de Madrid la que ha sellado en firme la absolución de un posible delito de coacciones. "Los hechos que constan descritos en el relato de hechos probados no tienen entidad suficiente para ser constitutivos del delito de coacciones", dice la magistrada María José García-Galán, añadiendo que "en la sentencia no se declara probado que se generase un ambiente de violencia por los acusados, como se pretende por el recurso, ni que se impidiera o pretendiera impedir el normal desarrollo del acto, o que éste acabara con antelación precisamente por la conducta desplegada por los acusados, sino que lo que hizo la policía fue colocar una barrera de carácter preventivo, para preservar el orden y evitar que males mayores pudieran ocurrir".

 
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