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DÍA MUJER

El Constitucional mantiene la prohibición de las manifestaciones en Madrid por el 8-M

El TC admite a trámite el recurso de UGT y CCOO pero deniega la medida cautelarísima solicitada de suspender la prohibición ordenada por la Delegación del Gobierno de no celebrar actos multitudinarios por motivos de salud pública

Fachada y entrada al edificio del Tribunal Constitucional de España, en Madrid a 29 de noviembre de 2019. / Eduardo Parra - Archivo EUROPA PRESS

Madrid

El Tribunal Constitucional ha decidido en un pleno extraordinario mantener la prohibición de el acto de UGT y CCOO previsto para las 11 horas por el 8-M en la plaza de Cibeles de MadridEl Pleno ha decidido por unanimidad admitir a trámite los dos recursos de amparo interpuestos, para analizar en una sentencia de fondo las cuestiones de constitucionalidad planteadas, que se consideran de especial trascendencia, ya que pueden servir al tribunal para aclarar o cambiar su doctrina como consecuencia del surgimiento de nuevas realidades sociales y por que, además, el asunto trasciende del caso concreto, ya que plantea una cuestión jurídica relevante y de repercusión social, en general.

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Al mismo tiempo el Pleno deniega la medida cautelarísima solicitada de suspensión inmediata de la prohibición de la Delegación del Gobierno, dado que el asunto presenta elementos sustantivos específicos que abogan por un estudio meditado y contradictorio de la medida solicitada. Los recursos de amparo habían sido presentados por los sindicatos UGT y CCOO.

La Delegación del Gobierno prohibió las marchas del 8-M en Madrid apelando a la salud pública y argumentando que "supone un aumento exponencial del riesgo de contagios".

Según han confirmado fuentes de la institución, los recursos han sido presentados el domingo a última hora y el presidente del tribunal ha convocado de forma inmediata a los magistrados dada la urgencia del caso, ya que las convocatorias para las manifestaciones eran precisamente para este lunes.

Precedente

Tan solo hay un precedente de pronunciamiento del Tribunal Constitucional sobre el derecho de manifestación. Fue el pasado 30 de abril cuando una de las secciones del tribunal, la Sala Primera, acordó en un auto no admitir a trámite el recurso interpuesto por la Central Unitaria de Traballadores/as (CUT) contra la decisión de la Subddelegación del Gobierno en Pontevedra -avalada por el Tribunal Superior de Justicia de Galicia- de prohibir la celebración en Vigo de una manifestación rodada en coches particulares para celebrar el Primero de Mayo.

Asunto pendiente

Poco después, el Constitucional admitió a tramite otro recurso que todavía esta por resolver en el que el Constitucional debe fijar una doctrina sobre la limitación de derechos fundamentales durante los estados de alarma, una doctrina que oriente y vincule a los tribunales ordinarios.

CCOO y UGT

Según las organizaciones, la sentencia "no analiza de forma concreta la convocatoria a la que se aludía el recurso, sino que emplea argumentos de carácter general para desestimarla". "A pesar de haber habido varios recursos contra la prohibición de celebrar este tipo de actos por parte de la Delegación del Gobierno, desde UGT y CCOO entienden que deben estudiarse uno por uno y caso por caso de forma separada", explican en un comunicado conjunto.

Los sindicatos han defendido que "las características de la concentración que tenían prevista", con una limitación de asistentes a 250 personas, "no propician una gran concurrencia" y "convierten este acto en inofensivo para la salud pública".

Derechos fundamentales y de las libertades públicas

El recurso de amparo ante el Tribunal Constitucional se presenta por entender que con esta decisión "se produce una vulneración de derechos fundamentales recogidos en los artículos 14 a 29 y en el 30.2 de la Carta Magna, y con el objeto de preservar los derechos y libertades por razón de los cuales se promueve el recurso".

Javier Álvarez

Javier Álvarez

Ha desarrollado la mayor parte de su carrera en La Cadena SER donde esta vinculado a la sección de Justicia...

 
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