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El Supremo anula dos nombramientos en la sala de lo militar por irregularidades del CGPJ

El CGPj, explica el Supremo, no pidió varios informes preceptivos para cubrir las plazas

Son Fernando Marín Castán y Ricardo Cuesta del Castillo, que tomaron posesión en enero de 2020

El presidente del TRibunal Supremo y del Consejo General del Poder Judicial, Carlos Lesmes (d), y la fiscal general del Estado, Dolores Delgado (i) asisten a la toma de posesión de Eduardo Esteban Rincón como fiscal de Sala del Supremo / Luca Piergiovanni EFE

Madrid

El Tribunal Supremo ha decidido anular el nombramiento de dos magistrados de su sala de lo militar, Fernando Marín Castán y Ricardo Cuesta por irregularidades del Consejo General del Poder Judicial durante la tramitación del proceso. El órgano de gobierno de los jueces, explica el Supremo, no pidió varios informes preceptivos y ahora tendrá que repetir el proceso: los dos tomaron posesión de su puesto en enero de 2020 y desde entonces han sido ponentes de más de dos decenas de sentencias entre los dos.

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Marín Castán y Cuesta tomaron posesión el pasado mes de enero de 2020 con varios magistrados del Supremo ejerciendo como padrinos, entre ellos Manuel Marchena o Francisco Marín Castán, presidentes de las salas segunda y primera del Supremo, respectivamente. Los dos fueron elegidos por el pleno del CGPJ en noviembre de 2019 con el voto favorable de 17 vocales y un voto en blanco en ambos casos, formando parte de las casi dos decenas de nombramientos que el Consejo ha hecho en el Supremo estando todaví en funciones.

Un proceso que, según la sala tercera del mismo Supremo con el magistrado Eduardo Espín como ponente, fue irregular y debe repetirse. Denuncian en primer lugar los jueces que no se solicitaron varios informes obligatorios y critican que la propuesta de la Comisión Permanente con dos candidatos para cada puesto, en la sentencia relativa al nombramiento de Marín Castán, también es censurable: "Lo que no podían hacer era prescindir lisa y llanamente de las exigencias legales y hacer una amigable componenda con ambas plazas, dos candidatos para cada una de ellas, decisión que abre la puerta a todo tipo de posibles especulaciones sobre la selección de cada una de las duplas".

Esta "amigable componenda" a la hora de elaborar las propuestas por parte del órgano de gobierno de los jueces, según el Supremo, es "justo lo contrario a la voluntad de objetivación del legislador en los criterios que deben guiar estos nombramientos, fuera del núcleo de amplia discrecionalidad que comportan en cuanto a la decisión del Pleno sobre el candidato a promover en definitiva para la plaza".

Mandato caducado

El proceso, por tanto, debe repetirse pero esta vez solicitando y analizando los tres informes omitidos y que recogían las propias bases de la convocatoria: al Ministerio de Defensa, al Tribunal Militar Central y a la propia sala quinta. "Fuera cual fuera la razón por la que no se solicitaron los informes, no puede admitirse que en tan breve lapso de tiempo los mismos hubiesen pasado de ser útiles a prescindibles hasta el punto de no ser siquiera solicitados", dice el Supremo.

Marín Castán (izquierda) y Cuesta (derecha) durante sus comparecencias optando al nombramiento en el Supremo / CGPJ

El CGPJ, con el mandato caducado desde hace más de dos años, debe volver a tomar la decisión al tratarse de la ejecución de una sentencia y a pesar de la reforma de PSOE  y Unidas Podemos. Según el Supremo "esta sentencia habrá de ser cumplida en sus propios términos por el CGPJ con esta u otra composición personal", explica. La nueva propuesta debe producirse en menos de un mes.

 
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