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Caso Aznalcóllar

La Audiencia de Sevilla ordena reabrir el 'caso Aznalcóllar'

La Sala afirma que ha encontrado "indicios de ilegalidades severas y arbitrarias" y que "no puede descartarse que los hechos sean constitutivos, entre otros, de un delito de prevaricación"

La Junta asegura que la reapertura del 'caso Aznalcóllar' no paralizará la mina

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La Sección Séptima de la Audiencia de Sevilla ordena reabrir el caso de la supuesta adjudicación irregular de la mina de Aznalcóllar a Grupo Mexico Minorbis. Una decisión adoptada por unanimidad de los cuatro magistrados que han formado la Sala. La ponencia ha sido de Mercedes Alaya.

La Audiencia de Sevilla reabre esta causa porque ha encontrado un "cúmulo de incumplimientos importantes" de las bases del concurso público convocado por la Junta para adjudicar la mina de Aznalcóllar, incumplimientos que "no tienen justificación". Son a priori indicios de "ilegalidades severas y arbitrarias" del procedimiento administrativo por lo que "no se puede descartar en absoluto que los hechos sean constitutivos, entre otros, de un delito de prevaricación".

Así lo dice un auto que relata cómo la Junta permitió a Grupo Mexico la falta de presentación de documentos esenciales. La administración, señala la Sala, no comprobó por ejemplo la solvencia técnica de Minorbis, que no aportó nada al respecto cuando se presentó al concurso. También faltaba la acreditación de la solvencia económica que exigía el concurso, dicen los cuatro jueces de la Sala que han ordenado que se reabra el procedimiento.

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Los jueces señalan que se otorgó la misma puntuación a cualquier resultado económico que no fuera negativo, sin distinguir en cada caso la mejor oferta; "pese a existir diferencias numéricas de muchos millones de euros conduciendo a unas conclusiones que podían no responder a la legalidad, además de a la aritmética y al sentido común".

La Audiencia afirma que las bases del concurso que se convocó y el pliego de condiciones constituyen la Ley del concurso, a la que quedan sometidas tanto la Administración como los particulares.

La resolución recuerda que según la resolución de adjudicación el aceptante tenía que ser el adjudicatario; es decir, Minorbis-Grupo México, pero eso no ha sido así. Además, ni en las bases de concurso ni en el pliego de condiciones se admitía que pudiera ser el aceptante ninguna otra sociedad, "pese a lo cual aceptó Minera Los Frailes". Por ello se vulenera la Ley de Minas, señalan. Y añaden que la Consejería de Innovación ha concedido autorización de exploración a Minera Los Frailes sin que exista resolución expresa de autorización de la misma como aceptante, pero sí se le tiene como tal al otorgarle la autorización.

Minorbis, señalan los magistrados, ha actuado como mero intermediario para procurar la adjudicación a una tercera entidad controlada por una filial de Grupo Mexico, sociedad que, según la Junta ni siquiera fue la licitadora ni la adjudicataria y de la que "desconocemos absolutamente todo".

La jueza de instrucción número 3, Patricia Fernández, que archivó el caso hace un año, deberá ahora seguir investigando tomando nuevas declaraciones y buscando nuevas pruebas para tratar de averiguar si hubo o no prevaricación administrativa, como denunció Emerita, la empresa que perdió el concurso.

La Junta apartó a la directora general de Industria, Energía y Minas, María José Asensio, cuando Emerita denunció los hechos. Después de que el caso quedase archivado en primera instancia, el Gobierno andaluz la nombró viceconsejera de Empleo.

En su día la Fiscalía también pidió el archivo de la causa.

 
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