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Una sentencia pionera avala el pago de impuestos de la Iglesia

Un juzgado de Madrid condena a un colegio confesional de Getafe a pagar el impuesto de Obras

El ayuntamiento de Getafe no tendrá que devolver el ICIO a los Padres Escolapios / TIZIANA FABI / AFP / Getty Images

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Se trata de unas obras de 2011 de ampliación de salón de actos en el colegio La Inmaculada de Getafe, de la Congregación de Escuelas Pías de los Padres Escolapios. Tuvieron que pagar casi 24.000 euros del ICIO, y pidieron después su devolución porque consideraron que estaba enmarcada en los acuerdos con la Iglesia para la exención de impuestos. El tribunal madrileño elevó una consulta al Tribunal de Justicia de la Unión Europea, que daba la razón al Ayuntamiento, ya ahora ya hay sentencia.

La cuestión es que si hay un interés económico directo y no únicamente una cuestión confesional o religiosa, estas exenciones pueden suponer una “ayuda estatal prohibida”. Así lo refleja la sentencia del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº4 de Madrid, según ha informado el Ayuntamiento getafense. Es la primera vez que un juzgado español falla en contra de las exenciones a la Iglesia Católica.

Por su parte la alcaldesa de Getafe, Sara Hernández, ha señalado que la sentencia, contra la que cabe recurso, avala "la idea que siempre hemos defendido en Getafe, que todos tenemos los mismos derechos y debemos afrontar las mismas responsabilidades", por lo que califica de "hito en nuestro país" que espera que se extienda a otras exenciones no religiosas de las que disfruta la Iglesia Católica.

 
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