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MADRID CENTRAL

Madrid Central: todo lo que necesitas saber para moverte por el centro

La Zona de Bajas Emisiones del centro de Madrid entra en vigor este viernes 30 de noviembre en período de pruebas. No habrá multas hasta finales de febrero

El objetivo es reducir los niveles de contaminación y cumplir con la normativa europea de calidad del aire

Madrid Central / EUROPA PRESS (EUROPA PRESS)

Madrid

Entra en vigor Madrid Central, la Zona de Bajas Emisiones con la que el Ayuntamiento quiere que el Distrito Centro se convierta en "el pulmón de la ciudad". La medida, según el consistorio, eliminará un 40% de las emisiones de dióxido de nitrógeno. La ciudad de Madrid incumple los niveles de estos gases contaminantes desde 2010 y se enfrenta a una multa millonaria si no lo resuelve antes de 2020. El Ayuntamiento, presentando medidas como Madrid Central, consiguió que la Comisión Europea paralizará el proceso de infracción en el que estamos inmersos.

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¿Qué es Madrid Central?

Es la Zona de Bajas Emisiones y Prioridad Residencial del Distrito Centro. Ahora ya hay en Madrid cuatro Áreas de Prioridad Residencial que, a partir de ahora, quedan agrupadas en una sola: Madrid Central. Va a ser, según el Ayuntamiento, más "intuitiva y reconocible". Son 472 hectáreas y los límites están en las rondas y bulevares. En concreto, el perímetro está en las calles Alberto Aguilera, glorieta de Ruiz Jiménez, Carranza, Sagasta, glorieta de Bilbao, Génova, plaza de Colón, Paseo de Recoletos, plaza de Cibeles, Paseo del Prado, plaza de Cánovas del Castillo, glorieta de Carlos V, Ronda de Atocha, Ronda de Valencia, glorieta de Embajadores, Ronda de Toledo, glorieta de la Puerta de Toledo, Ronda de Segovia, Cuesta de la Vega, Mayor, Bailén, plaza de España, Princesa y Serrano Jover.  Es un espacio algo más amplío al que ya planeó el gobierno municipal de Ana Botella en su momento.

Perímetro de Madrid Central

Perímetro de Madrid Central / Ayuntamiento de Madrid

Hay algunas excepciones, no estará restringido el acceso de las calles Santa Cruz de Marcenado, Mártires de Alcalá, Gran Vía de San Francisco, Bailén, Algeciras, Cuesta Ramón, Ventura Rodríguez y Duque de Liria. En estas sí está permitido circular porque no hay alternativas.

Con esta medida, que se enmarca en el Plan A de Calidad del Aire y Cambio Climático, el Ayuntamiento confía no solo en reducir la contaminación, también el ruido, además de dar más espacio al peatón y al transporte público.

El calendario

Aunque Madrid Central entra en vigor ahora, el 30 de noviembre, solo lo hace en una fase informativa. Puede haber controles manuales con agentes de policía y movilidad, pero no habrá multas. Es una fase de transición. En enero, comienza el control automático, con las cámaras, que ya están instaladas. Entonces empieza una fase de dos meses, también sin multas, pero sí con avisos. Quienes incumplan la normativa recibirán una carta.

Cuando terminen esos dos meses, a finales de febrero, sí comenzarán las multas. La delegada de Medio Ambiente y Movilidad, Inés Sabanés, ha dicho en varias ocasiones que el objetivo "no es que Madrid Central genere sanciones, sino que sea muy identificable, muy claro y muy intuitivo para rebajar el impacto sancionador". Las multas serán de 90 euros, como en las actuales áreas de prioridad residencial.

¿Cómo registro mi vehículo o pido una autorización?

Si eres residente, no tendrás que hacerlo. Los residentes no tendrán que dar de alta su vehículo, sino que lo hará de forma automática el Ayuntamiento cruzando datos con la DGT.

Si no eres residente, ten en cuenta estas fechas:

  • A partir del 29 de octubre las personas con movilidad reducida y los profesionales de carga y descarga pueden comenzar a darse de alta para obtener permiso.
  • El 28 de noviembre podrán comenzar las peticiones de autorizaciones puntuales y permisos para trabajadores en Madrid Central que residan fuera de Madrid con horario nocturno. Pueden hacerlo a través del 010.
  • El 8 de enero empieza el período de trámites por vía telemática en el perfil de usuario de Madrid Central.
La Gran Vía, a primera hora de la mañana, tras la entrada en vigor de Madrid Central

La Gran Vía, a primera hora de la mañana, tras la entrada en vigor de Madrid Central / Cadena SER

Las gestiones pueden hacerse a través del 010 y a partir del 10 de diciembre estará disponible una Oficina de Madrid Central en la calle Bustamante, 16. Podrá pedirse cita también a través del 010 o en este link. Además, en la web del Ayuntamiento se habilitará un sistema para darse de alta como persona empadronada y allí podrá gestionarse mensualmente el acceso. Los residentes tienen 20 invitaciones al mes y se podrán solicitar hasta 5 días naturales después de que tu invitado haya accedido al área.

Además, han cambiado el sistema para los comerciantes y proveedores. Hasta ahora cuando un repartidor o una persona que prestaba un servicio entraba en un área de prioridad residencial necesitaba de una autorización puntual que tramitaba el establecimiento. Ahora ya no hará falta porque estas personas podrán darse de alta en el sistema. Aún así, los establecimientos tendrán diez autorizaciones puntuales al mes, en vez de 20 como hasta ahora. "Con esto la necesidad de esas autorizaciones se reduce muchísimo", explica Paz Valiente, Coordinadora general de Medio Ambiente y Movilidad del Ayuntamiento, "no obstante, atendiendo a la preocupación que el sector ha mostrado se ha decidido dar este número de puntuales".

¿Quién puede entrar a Madrid Central?

Pueden acceder y circular sin restricciones los vehículos de residentes y los de personas con movilidad reducida. También los servicios públicos esenciales y los de asistencia sanitaria pública con acreditación. El acceso del resto de vehículos varía en función del distintivo ambiental que tenga. Hay cuatro posibilidades: CERO, ECO, B y C. Puedes consultar cuál es tu distintivo en esta página de la DGT, pero no es obligatorio llevar esta pegatina en el coche hasta mediados de abril.

Los vehículos con etiquetas CERO o ECO, los menos contaminantes, podrán acceder y aparcar en la zona SER. Los que tengan etiquetas B o C, podrán acceder, pero no aparcar en la zona SER, para aparcar tendrán que utilizar bien un parking público o un garaje particular. Los que no tengan etiqueta ambiental no podrán acceder por regla general.

Para las motos es diferente. Las CERO o ECO podrán entrar y aparcar sin limitaciones. En cambio, las que sean B o C podrán entrar en Madrid Central entre las 7:00 y las 22:00 horas. Si quieren acceder fuera de ese horario, podrán hacerlo si aparcan en un parking, garaje particular, plaza de aparcamiento para residentes o reserva de estacionamiento no dotacional.

¿Hay excepciones?

 Sí. Hay excepciones para los vehículos de empresas y profesionales de servicios y suministros que podrán acceder durante un período determinado aún sin etiqueta. También podrán acceder los titulares de una plaza de garaje, que tendrán que solicitar permiso para su vehículo y hacer un cambio de matrícula si quieren acceder con otro.

Los trabajadores con horario nocturno también podrán entrar con su coche, tendrán que autorizar su matrícula y podrán cambiarla si lo necesitan. El permiso se mantendrá siempre que concurran los requisitos en base a los cuales se concedió.

También tienen permitido el acceso los taxis y los VTC con un servicio contratado previamente. Los padres y madres que lleven a sus hijos a un colegio dentro de Madrid Central también podrán acceder de lunes a viernes de 7:00 a 20:00 horas los días lectivos. También hay ciertas excepciones para vehículos que vayan a un taller o de autoescuelas. Si tienes dudas sobre criterios de acceso puedes consultarlas aquí.

En cualquier caso, la puesta en marcha de Madrid Central es progresiva, va a haber, además, una comisión de seguimiento para valorar, conforme vaya aplicándose, si hay que hacer más cambios o excepciones.

 

Sara Selva Ortiz

Sara Selva Ortiz

Redactora de la sección de Nacional. Antes trabajó en el equipo de Hoy por Hoy, en Economía, en Informativos...

 
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