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Caso La Manada

Dos jueces creen que 'la Manada' tendría que haber sido condenada por violación

En un voto particular explican que, para ellos, el ataque fue una agresión y no sólo abusos y piden 14 años y 3 meses de cárcel

El acceso de la víctima al portal de la calle Paulino Caballero "fue forzado"

Manifestantes en apoyo de la víctima durante el juicio / Alberto Pozas

Manifestantes en apoyo de la víctima durante el juicio

Madrid

Como sucedió con la primera sentencia, la resolución del Tribunal Superior de Justicia de Navarra sobre 'la Manada' no es unánime. Dos jueces, Joaquín Galve y Miguel Ángel Abárzuza, han emitido un voto particular explicando por qué los cinco jóvenes sevillanos tendrían que haber sido condenados por agresión sexual y no sólo por abusos sexuales y a condenas de 14 años, 3 meses y 1 día de cárcel.

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Dos jueces explican a lo largo de cuarenta páginas de voto particular que los hechos "han de ser calificados penalmente como constitutivos de un delito de agresión sexual y no como el de abuso sexual con prevalimiento" ya que la joven fue obligada a entrar en el portal: "Tuvieron lugar acciones que obligaron a la denunciante a entrar en el portal y en el habitáculo, cuyo acceso, evidentemente, no fue voluntario sino forzado, ya que tiraron de ella y la obligaron a entrar".

Para los dos jueces discrepantes los cinco miembros de 'La Manada' también usaron intimidación suficiente como para considerar el ataque una agresión sexual: "En definitiva, conductas reveladoras de la existencia de intimidación suficiente para mantener que los hechos tuvieron lugar mediante intimidación ambiental para vencer la voluntad de la víctima".

Concluyen que actuaron "mediando intimidación ejercitada por los acusados, lo que integra tales hechos en el delito de agresión sexual" y con un carácter "particularmente degradante o vejatorio", lo que sería un agravante.

 
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