Cláusulas suelo: ¿La sentencia del Supremo es definitva?
Madrid
Oyente: Gregorio Gómez Sobre la sentencia del Supremo anulando la cláusula suelo, quisiera saber: 1º. ¿Es definitiva esta sentencia o existe recurso? 2º. ¿Cómo debemos anular esta clausula? 3º. El Supremo dice que debe de haber existido falta de transparencia, ¿pero cómo se puede demostrar esto? Responde Gustavo Samayoa de FUCI La Sentencia del Tribunal Supremo de la Sala de lo Civil nº 241/2013 de 9 de mayo de 2013 sobre las cláusulas suelo es definitiva y no existe recurso alguno contra esta. Se trata además de una Sentencia, que por ser del Supremo unifica doctrina y por lo tanto crea jurisprudencia (es decir, el resto de tribunales del país tiene así un argumento jurídico para dictaminar sentencias en la misma dirección además de que sirve para cualquier entidad, no solo para las que fueron objeto de la misma). Para anular la cláusula hay que acudir al banco en cuestión para solicitarlo alegando la misma Sentencia a la que hemos hecho referencia. Los criterios de transparencia quedan definidos en la misma. Se enumeran muchos criterios de nulidad como para citarlos todos pero de forma resumida serán nulas las cláusulas cuando se haya creado "la apariencia" de un contrato de préstamo a interés fijo en el que no afecten las bajadas del índice. Donde no exista clausula techo o esta no sea proporcional a la suelo. También las que se firmen bajo una falta de información de que se trata de un elemento "definitorio" del objeto principal del contrato o las que se ubiquen "entre una abrumadora cantidad de datos entre los que quedan enmascaradas y que diluyen la atención del consumidor. Sobre falta de transparencia por ejemplo el hecho de que haya una inexistencia de una "advertencia previa, clara y comprensible sobre el coste comparativo con otros productos de la propia entidad" o no se hayan realizado "simulaciones de escenarios diversos, relacionados con el comportamiento razonablemente previsible del tipo de interés en el momento de contratar, en fase precontractual". La Sentencia tiene numerosos casos en los que se produce la nulidad de la cláusula suelo, es por ello que en la mayor parte de hipotecas esta clausula se va a declarar ilegal si se acude a los Tribunales. En cualquier caso intente primero que se lo quite directamente la entidad para hacer el proceso más rápido. Eso sí, recuerdo que la Sentencia no posee caracter retroactivo, es decir, los intereses pagados de más hasta la eliminación de la cláusula no serán devueltos.