¿Cómo se eligen los jueces del Supremo?
A los presidentes de las salas del Supremo, donde al final se resuelven todas las cosas en España, los elige una comisión de Consejo General del Poder Judicial sin un programa, sin un verdadero concurso público de méritos
¿Cómo se eligen los jueces del Supremo?
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Madrid
¿Cuántas noticias les hemos contado del juez Kavanaugh recién incorporado a la Corte Suprema de Estados Unidos? ¿Cuántas páginas de periódico ha leído usted o minutos de radio escuchado sobre el perfil de Kavanaugh, su trayectoria, sus compatibilidades e incompatibilidades? Muchas, ¿verdad?
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No son tribunales equivalentes, pero si les pregunto ahora por algún nombre propio del Tribunal Supremo español, ¿sería capaz de decir alguno? Ni usted ni muchos de nosotros. Tampoco el de Luis María Díez Picazo, el magistrado que el viernes quiso meter en el congelador la sentencia sobre el impuesto de las hipotecas, pocas horas después de que una sección de su Sala hubiera dictaminado que la tasa deben pagarla los bancos.
Ayer nos enteramos de que este magistrado dio clases hasta el año pasado en una universidad propiedad de la patronal bancaria. Que es catedrático de Constitucional y no de Derecho Administrativo, que es la especialidad de la sala que preside, y que llegó a este puesto avalado por Carlos Lesmes, presidente del Supremo, y apoyado por los vocales del Consejo General del Poder Judicial que designó el PP.
Sin prejuzgar nada sobre su idoneidad previa nos preguntamos: ¿cómo se eligió? ¿Cuál es el procedimiento de elección para un puesto de tantísima responsabilidad como la presidencia de la Sala Tercera del Supremo donde se juzgan los asuntos de la administración del Estado y de gran trascendencia económica y social?
Este juez del Supremo se eligió como todos los del Supremo, por una comisión creada por el Consejo General del Poder Judicial, comisión que tiene en cuenta un baremo simplemente orientativo, no vinculante y que finalmente toma la decisión de forma discrecional. Y el baremo orientativo se estableció hace cuatro días, en el 2010.
Los españoles deciden en votación democrática la composición del Congreso, el Congreso elige democráticamente al presidente del Gobierno. Y a los presidentes de las salas del Supremo, donde al final se resuelven todas las cosas en España, los elige una comisión de Consejo General del Poder Judicial sin un programa, sin un verdadero concurso público de méritos y compatibilidades, sólo con un baremo orientativo.
Da la impresión de que hay más cosas que revisar en el Supremo que la sentencia de las hipotecas.