El juez rechaza investigar la pitada al himno en la final de Copa
Se considera que ni los abucheos al monarca ni pancartas con lemas como ''Good bye Spain'' son "difamatorias o injuriosas"
El juez de la Audiencia Nacional Santiago Pedraz ha rechazado la querella que la Fundación para la Defensa de la Nación Española (DENAES) presentó en junio pasado contra dos colectivos independentistas por "organizar" la pitada al himno nacional que se produjo durante la final de la Copa del Rey, al entender que estas acciones "están amparadas por la libertad de expresión y no pueden considerarse difamatorias, injuriosas o calumniosas, ni mucho menos que que propugnen el odio nacional"
Más información
- La Audiencia confirma que pitar al Rey no es delito aunque sí un comportamiento "más que desagradable"
- TVE destituye a su director de Deportes por no transmitir el himno nacional
- TVE emitió en diferido el himno español durante el descanso
- El Barcelona logra su 25º título de Copa
- Esperanza Aguirre pide suspender la final de Copa ante una eventual pitada al rey
En un auto el titular del Juzgado Central de Instrucción 1 rechaza investigar a los responsables de Catalunya Acció y la Plataforma Pro-Selecciones Vascas (ESAIT), contra las que se dirigía la querella, por los hechos que se produjeron el pasado 13 de mayo en el estadio de Mestalla (Valencia), durante el partido que disputaron el Athletic de Bilbao y el Barcelona.
Los querellantes imputaban a los responsables de estas organizaciones -que reivindican, respectivamente, la oficialidad de las selecciones deportivas vasca y catalana- los delitos de ultraje a la nación española, injurias contra el Rey y provocación al odio contra parte de la población por razón de su origen nacional, todos los cuales están penados en su grado máximo con hasta cinco años de cárcel.
Pedraz, sin embargo, de acuerdo con el criterio de la Fiscalía, sostiene que la pitada que se produjo a la llegada del Rey al estadio y durante de la interpretación del himno nacional y la colocación de pancartas con el lema ''Good bye Spain'' ("Adiós, España") "no pueden ser constitutivos de delito" y no son "merecedoras de reproche penal, teniendo además en cuenta el principio de intervención mínima". Tras presentar la querella el pasado 25 de junio, el presidente de DENAES, Santiago Abascal, señaló a las puertas de la Audiencia Nacional que el objetivo de esta iniciativa no era "defender las esencias patrias ni un trapo de unos colores o una melodía", sino reivindicar que el himno de España "representa la convivencia democrática de los españoles, el marco de libertades y nuestro devenir histórico".
"Catalonia is not Spain" ("Cataluña no es España") o "Good Bye Spain" ("Adiós España")
En todo caso, aclaró que la querella no está dirigida contra "la masa vociferante" ni contra las "personas individuales" que participaron en la pitada, sino contra los "instigadores de la protesta". Entre ellos citaban a Santiago Espot, presidente de Catalunya Acció, y a los responsables de la Plataforma Pro-Selecciones Vascas (ESAIT), a los que no identificaba. "Son personas que han declarado que con dos o tres actos como éste a España le queda un telediario", explicó Abascal. La querella detallaba que en los días previos al partido Catalunya Acció repartió 5.000 silbatos entre los espectadores que iban a acudir a Mestalla con el lema "Una nación, una selección". Asimismo, recordaba que durante el encuentro se desplagaron pancartas con lemas como "Catalonia is not Spain" ("Cataluña no es España") o "Good Bye Spain" ("Adiós España").