Aragón regulará el derecho a una muerte digna
Una ley que se debate en las Cortes aragonesas esteblace que los pacientes terminales puedan decidir rechazar o interrumpir un tratamiento aunque pongan en peligro su vida
La "limitación terapéutica" y la obligación de informar a los pacientes terminales o sus familiares para que estos den, o no, el consentimiento informado para la realización de determinadas intervenciones sanitarias son dos de las claves de la proposición de ley de derechos y garantías de la dignidad de la persona en el proceso de muerte, que hoy tomó en consideración el Pleno de las Cortes de Aragón a iniciativa de Izquierda Unida (IU)
Más información
A falta de que los Grupos Parlamentarios presenten sus enmiendas parciales y se produzca la negociación con el diputado proponente, Adolfo Barrena (IU), hasta alcanzar un texto definitivo que se aprobaría en los próximos meses, el texto presentado por la coalición de izquierdas establece el derecho de toda persona a ser informada sobre su proceso de muerte, así como el derecho a rechazar esta información. Cada paciente deberá dar su "consentimiento libre y voluntario" ante cualquier intervención sanitaria en el proceso de muerte.
Según el texto, toda persona tendrá derecho a rechazar cualquier tratamiento aun cuando ponga en peligro su vida y podrá revocar su consentimiento informado, siempre por escrito.
La declaración de voluntades anticipadas se incluirá en el registro creado ya a tal efecto y se incorporará, además, a la historia clínica del paciente, señala la iniciativa.
En el caso de que la persona en proceso de muerte esté incapacitada para decidir, el médico consultará a la persona que, anteriormente, haya sido designada para este fin, el cónyuge, los familiares más cercanos y entre estos el de mayor edad.
Los enfermos menores de edad tienen derecho a recibir información sobre su enfermedad y las intervenciones sanitarias propuestas, que se le deben explicar de tal forma que las comprenda. Todo paciente menor tiene derecho a ser escuchado.
El consentimiento informado lo darán sus representantes legales, si el menor es incapaz de darlo intelectual o emocionalmente. Las personas emancipadas aunque sean menores, que en Aragón pueden tener desde 14 años, y todas las mayores de 16 años, serán las responsables de dar su consentimiento informado sobre su propio proceso de muerte.
Todas las personas tienen derecho al "alivio del sufrimiento" con medidas paliativas "de calidad", si es posible en su propio domicilio. Todo paciente tiene derecho a ser sedado y a mantener su intimidad personal, siempre según la iniciativa de IU.
Los pacientes en proceso de muerte tienen derecho a disponer de acompañamiento familiar, así como a recibir auxilio espiritual "de acuerdo con sus convicciones y creencias".