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El Supremo otorga a los juzgados territoriales la competencia para abrir las fosas del franquismo

La sala de lo penal resuelve la cuestión de competencia planteada por los juzgados Granada y San Lorenzo de El Escorial

La sala de lo penal del Tribunal Supremo ha resuelto que los juzgados territoriales tienen competencia para exhumar los restos de las víctimas de la represión franquista. Los magistrados sostienen que, aunque no se puede perseguir penalmente a los presuntos autores de estos hechos, es "inobjetable que quienes han sufrido muertes violentas no pueden permanecer en el anonimato".

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El Tribunal Supremo ha acordado que son los juzgados territoriales loscompetentes para decidir si se abren o no las fosasdel franquismo. La sala de lo penal resuelve así la cuestión de competencia planteada por los juzgados de Granada y de San Lorenzo de El Escorial, después de que elex juez de la Audiencia Nacional, Baltasar Garzón, se hubiera inhibido en su favor en la causaque abrió para investigar los crímenes franquistas.

Los magistrados recuerdan que no es posible el enjuiciamiento penal de los actores de estos actos pero que, a pesar de ello, es "inobjetable, por imperativo al debido respeto a la dignidad de las personas, que los restos de quienes hubieran sufrido muertes violentas no pueden permanecer enel anonimato ni fuera de los lugares propios de enterramiento y tampoco cabe imponer a los familiares el gravamen representado por tal clase de situaciones, moral y jurídicamente insostenibles".

Pedro Jiménez

Pedro Jiménez

Redactor Jefe en la Cadena SER. Antes he pasado por los equipos de Hora 14, Radio Madrid, Fin de Semana,...

 
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