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CATÁSTROFE DEL PRESTIGE

El juez absuelve al Gobierno y al resto de acusados por el hundimiento del Prestige

El tribunal exime de responsabilidad penal a los acusados pero condena al capitán del barco a nueve meses de prisión por un delito de desobediencia grave

La sentencia del Prestige absuelve de responsabilidad penal a todos los acusados

Tras más de 10 años de espera y un largo proceso judicial, se ha pronunciado este miércoles la sentencia del juicio por el naufragio del Prestige, una de las más graves catástrofes ecológicas ocurridas en Europa. / ATLAS

El tribunal que ha juzgado el hundimiento del Prestige frente al litoral gallego ha absuelto de responsabilidad penal a los tres acusados en el proceso: el capitán del buque, el griego Apostolos Mangouras, el jefe de máquinas, su compatriota Nikolaos Argyropoulos y al único cargo público encausado, el exdirector de Marina Mercante José Luis López Sors. La Justicia exime de responsabilidad a la Administración al entender que no provocó la catástrofe sino que trató de solucionarla y evitar daños. El único condenado ha sido el capitán del petrolero por un delito de desobediencia a las autoridades aunque no irá a prisión por ello.

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Once años después de la tragedia, se ha conocido la sentencia de la mayor tragedia medioambiental ocurrida en España. El presidente del tribunal de la Audiencia Provincial de A Coruña ha comenzado su intervención haciendo un repaso sobre las características del petrolero y las condiciones metereológicas del día del accidente. "El fallo estructural fue por culpa de un mantenimiento deficiente que se ocultó a la tripulación", dice la sentencia.

Según el fallo, "nadie sabe exactamente la causa del suceso (...) lo único que se puede probar es el fallo de un tabique estructural", y añade que "el estado del buque era precario y esa previsión solo se le puede adjudicar a los técnicos". El presidente del Tribunal concluye: "La empresa propietaria del barco sabía que sus condiciones no eran las adecuadas pero lo ocultó". Eso sí, la sentencia señala que "no está demostrado que la rotura del tabique fuera la consecuencia del hundimiento, la falta de conservación no podía ser advertida por los acusados".

"Las autoridades españolas contaban con el asesoramiento correcto para valorar las hipótesis sobre la decisión de alejar o no el barco de la costa", asegura, por lo que el tribunal avala la decisión de alejar el barco de la costa gallega y absuelve de responsabilidad penal al Gobierno por la tragedia: "Se descartó llevar el barco a la costa por causas medioambientales".

"No hay acuerdo aún hoy sobre lo que se debería hacer si se repitiese la situación", ha apostillado el presidente del tribunal de la Audiencia de A Coruña, quien ha recalcado que los informes técnicos son "contradictorios".

<a name="despiece1"></a><b>Otras sentencias en casos similares</b>

Haciendo un breve repaso a las sentencias de otras catástrofes ecológicas en parecidas circunstancias, los tribunales españoles siempre habían emitido sentencias condenatorias. En el caso del Urquiola el Supremo condenó a la Administración a indemnizar a la viuda del capitán fallecido. En el caso del Mar Egeo, la Audiencia Nacional condenó al Estado a pagar la carga, once millones de dólares, y confirmó la sentencia el Supremo. Respecto al Casón, el coste de la limpieza de los vertidos corrió a cargo de la aseguradora estatal y es hasta hoy el siniestro más caro de la historia del seguro en España. Más duras han sido las sentencias que conocemos de casos internacionales. A raíz del accidente del Exxon Valdez su propietario afrontó los gastos multimillonarios de la limpieza del entorno y las indemnizaciones a unos cuantos miles de damnificados en Alaska. Más reciente en el tiempo, BP ha sido condenada a limpiar los vertidos de sus pozos en el Golfo de México y a pagar una multa de 75 millones de dólares, la máxima que permite la ley estadounidense. Ejemplarizante es, por último, la sentencia de los tribunales franceses tras la catástrofe del Erika. Se condenó al armador y a la sociedad responsable de las inspecciones del buque a pagar colectivamente 192 millones de euros en indemnizaciones. La sentencia, por cierto, es histórica porque instauró en Francia el concepto de "perjuicio ecológico".

La historia del Prestige

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