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ABDICACIÓN DEL REY

Los trámites de la abdicación del rey

Las Cortes tendrán que aprobar una Ley Orgánica que será "sancionada, promulgada y ordenada publicar" por el monarca para hacer efectiva la abdicación

El presidente del Gobierno, Mariano Rajoy, ha comunicado este lunes en una declaración institucional desde el Palacio de la Moncloa, la decisión del rey Juan Carlos de abdicar a la Corona por razones que el propio monarca comunicará personalmente / ATLAS

La aprobación de la Ley Orgánica necesitará de la mayoría absoluta de los plenos del Congreso y del Senado y será tramitada por "lectura única", un procedimiento más rápido que la vía de urgencia.

El Consejo de Ministros se reunirá este martes de forma extraordinaria para aprobar el proyecto de Ley Orgánica que regule la abdicación del rey. Inmediatamente, el Gobierno, a quien corresponde en este caso la iniciativa legislativa, remitirá el texto a las Cortes para que se apruebe mediante el procedimiento de "lectura única" y no por la vía de urgencia porque se trata de un sistema "mucho más rápido" para hacer efectivo el cambio.

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El procedimiento es el siguiente. En cuanto el Consejo de Ministros apruebe el proyecto de ley, este es remitido a la Mesa del Congreso de los diputados para que la tramite y califique como Ley Orgánica por lectura única. La Mesa lo envía a la siguiente sesión ordinaria del pleno del Congreso (aunque también puede convocarse un pleno extraordinario). Allí se debatirá la ley y será aprobada si logra la mayoría absoluta de los parlamentarios.

Una vez aprobada por el Congreso la Ley Orgánica, se remitirá al Senado para que también debata y apruebe la ley. Finalmente, el texto que regule la abdicación del monarca será sancionado y promulgado por el propio Juan Carlos I, que también será el encargado de ordenar su publicación. Una vez se publique la ley en el Boletín Oficial del Estado, se hará efectiva la abdicación del actual monarca.

Según los expertos en Derecho Constitucional consultados por la Cadena SER, todo este proceso puede durar "entre 15 y 20 días".

La abdicación o renuncia del rey no está regulada por la Constitución, lo que crea una situación de "inseguridad jurídica", según los catedráticos de Derecho Constitucional consultados por la Cadena SER. El artículo 57.5 de la Carta Magna establece que "las abdicaciones y renuncias y cualquier duda de hecho o de derecho que ocurra en el orden de sucesión a la Corona se resolverán por una Ley orgánica".

Pero esa ley orgánica no se ha desarrollado en los 36 años que han transcurrido desde que fue aprobado el texto. Por ello, según el catedrático Luis Aguiar, "el rey no ha abdicado sino que ha anunciado a través del presidente del Gobierno su voluntad de abdicar para que las Cortes aceleren los trámites de aprobación de dicha ley orgánica".

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