El PP presiona a Ruz para aparentar que colabora con la Justicia
El PP intenta que Ruz sustituya en sus autos el término "incautación" de documentos por el de "aportación al procedimiento por parte del Partido Popular" y el magistrado rechaza la petición tirando de ironía
Madrid
Auto tras auto, resolución a resolución, el juez de la Audiencia Nacional, Pablo Ruz, ha ido desmontando uno a uno los argumentos del Partido Popular sobre la verosimilitud de los 'papeles de Bárcenas', la veracidad de los apuntes contables contenidos en esa contabilidad paralela, o la existencia de donaciones, sobresueldos, dinero negro, y en definitiva, de una Caja B en el Partido Popular. Todo son realidades para los investigadores.
El último mantra reiterado por sus dirigentes es que el PP colabora con la justicia. Pero un auto de Ruz del pasado 24 de octubre también desmoronaba esta postrera premisa. En ese escrito sobre los pagos por 1.7 millones en negro para las obras de la sede del PP, el magistrado concluyó que había llegado a esta conclusión tras el análisis efectuado por los expertos de los documentos "incautados" durante el registro de la sede del PP.
El PP no está personado en el procedimiento, y es el gerente de Cospedal en Castilla-La Mancha, el imputado José Ángel Cañas, quien ha presentado un escrito al juez en el que le pide que "modifique" las expresiones referidas a la "incautación" de "determinados documentos de la sede del Partido Popular", por las de "su aportación al procedimiento por parte del Partido Popular".
En su escrito, utiliza el diccionario de la Real Academia de la Lengua para advertir al juez de que la palabra "incautación", dicha por una autoridad judicial, significa "privar a alguien de alguno de sus bienes como consecuencia de la relación de estos con un delito, falta o infracción administrativa", y que esto no fue lo que sucedió, sino que la documentación sobre la sede fue "aportada voluntariamente a la causa" por el Partido Popular.
El juez Ruz realiza a continuación en su auto un estudio cronológico exhaustivo en el que desbarata la pretensión de la formación conservadora. Recuerda que hasta en dos ocasiones pudo aportar la documentación completa referente a la reforma de la sede y no lo hizo, y que el magistrado tuvo que enterarse de que había más documentos sobre las obras de los que decía el PP cuando por error, este partido remitió unas fotocopias que no figuraban entre el expediente transmitido al juzgado. Ello provocó, recuerda Ruz, el registro de la sede central del PP el 19 de diciembre de 2013, con el resultado de "5.067 folios" sobre las obras obtenidos, cuando el PP solo envió "520 folios" como "expediente completo".
El juez considera que los hechos son clarificadores, y tira de ironía en su auto para rechazar las intenciones de la formación política. Como hace el PP, también alude al diccionario de la Real Academia de la Lengua para explicar que él "no incurre en un error (entendido según el DRAE como concepto equivocado o juicio falso)" o "concepto oscuro (vocablo este último definido por el DRAE en su cuarta acepción como confuso, falto de claridad, poco inteligible) alguno" al utilizar el término "incautarse" para referirse a la forma en la que se obtuvieron los documentos de la sede central del PP, por lo que resuelve "mantener íntegramente" el contenido de su auto, y rechazar la petición del Partido Popular.