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FUERA DE LA LEY

La CNMC multa a Atresmedia y expedienta a 'Sálvame'

Atresmedia deberá pagar por superar el tiempo de emisión publicitaria y 'Sálvame' será sometido a investigación

'Sálvame', en el punto de mira de la CNMC, de nuevo / MEDIASET

Madrid

La CNMC (Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia) ha resuelto sancionar a Atresmedia con una multa de 66.221 euros por "haber superado en su canal Antena 3 los límites de tiempo de emisión dedicados a los mensajes publicitarios, regulados en la Ley General de Comunicación Audiovisual (LGCA)", informa en una nota de prensa este organismo.

Dicha vulneración corresponde al artículo 14.1 de esta Ley General, donde se establece en 12 minutos por hora natural el tiempo máximo de emisión de publicidad de mensajes publicitarios y de televenta: "Para el cómputo de esos 12 minutos se tendrá sólo en cuenta el conjunto de los mensajes publicitarios y la televenta, excluyéndose el patrocinio y el emplazamiento. También se excluirá del cómputo la telepromoción cuando el mensaje individual de la telepromoción tenga una duración claramente superior a la de un mensaje publicitario y el conjunto de telepromociones no supere los 36 minutos al día, ni los 3 minutos por hora de reloj", reza la ley.

Dichas infracciones en las que la CNMC estima que se superó el tiempo de emisión de publicidad en Antena 3 tuvieron lugar entre noviembre y diciembre de 2014. Atresmedia dispone de dos meses para recurrir la sanción por la vía contencioso-administrativa.

Expediente a 'Sálvame diario'

La CNMC sigue poniendo sus ojos sobre 'Sálvame diario'. El programa que rellena la sobremesas y tardes de Telecinco -vital para el modelo de la cadena- vuelve a toparse con este organismo regulador.

MEDIASET

Según informa la propia CNMC en un comunicado, este organismo "ha incoado un expediente sancionador a Mediaset por el presunto incumplimiento del requerimiento que la Comisión emitió en diciembre de 2014 para que efectuase una correcta adecuación de la calificación por edades de los contenidos del programa 'Sálvame diario'.

Cabe recordar que el pasado mes de diciembre, la CNMC estimó que "gran parte de los contenidos emitidos en 'Sálvame diario' y que han sido visionados, no se corresponden con la calificación otorgada por Mediaset". Es decir, el programa que se emite de 16 a 20 horas, estaba vulnerando con ciertos contenidos el horario de protección infantil que por las tardes abarca de 17 a 20 horas.

En Mediaset estuvieron rápidos. Adoptaron el truco -más de cara a la galería que de manera efectiva, como ya explicamos- de partir el programa en dos: 'Sálvame limón' y 'Sálvame naranja'. Uno de los espacios abarca la primera hora de programa (fuera del horario de protección infantil) y el otro, en un tono y lenguaje más light, las tres restantes. Así, 'Sálvame limón' está calificada como “no recomendado para menores de 12 años” y 'Sálvame naranja' “no recomendado para menores de 7 años”, puesto que de 17 a 20 horas es la franja de protección reforzada.

Sin embargo, la CNMC entiende que Telecinco "ha podido vulnerar lo dispuesto en el artículo 7.2 de la Ley General de Comunicación Audiovisual (LGCA), al haber emitido en el programa 'Sálvame Naranja' del día 9 de junio de 2015, en la franja de protección reforzada, escenas e imágenes cuyos contenidos no se adecuarían a la calificación dada por el operador como no recomendada para menores de 7 años. Este hecho se considera una infracción grave y podría suponer la imposición de una multa entre 100.001 hasta 500.000 euros", explica la nota.

Del mismo modo, la CNMC recuerda que la incoación de este expediente no prejuzga el resultado final de la investigación: "Se abre ahora un periodo máximo de 6 meses para la instrucción del expediente y para su resolución por la CNMC. Mediaset dispone de un plazo de quince días para presentar alegaciones".

 
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