Los plazos para tener nuevo presidente
No hay una fecha fija pero los cálculos señalan la semana del 25 de enero al 1 de febrero
Madrid
La Ley Orgánica del Régimen Electoral General (LOREG) marca que no deben pasar más de 25 días entre las elecciones y la constitución de las Cámaras, por eso, este 14 de enero era la fecha límite para que comenzaran a trabajar las nuevas Cortes Generales.
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Ahora, el tiempo para los pactos empieza a apremiar. Este jueves el rey recibe a los nuevos presidentes del Congreso y del Senado y, en los días sucesivos, Felipe VI también comenzará con la ronda de consultas con los distintos grupos parlamentarios, que le trasladarán su propuesta de candidato a la Presidencia del Gobierno. Una vez haya candidato claro, el rey se lo comunicará al presidente del Congreso, Patxi López, y éste deberá convocar el Pleno de investidura. No hay plazos estipulados, depende de las negociaciones, pero normalmente suele ser dos semanas después de la constitución de las Cortes, por lo que estaríamos hablando de la semana del 25 de enero al 1 de febrero. La vez que más tiempo pasó entre una cosa y otra fue mes y medio.
Para que el Presidente del Gobierno sea investido en primera ronda debe conseguir mayoría absoluta en el Congreso, es decir, tiene que lograr al menos 176 votos a su favor en la Cámara Baja. Si eso no ocurre, en menos de 48 horas ha de convocarse una segunda votación en la que bastaría con que el candidato lograse mayoría simple para hacerse con el cargo.
Si se diera el caso -inaudito en nuestra democracia- de que en segunda ronda tampoco obtuviese mayoría, el límite establecido para tener nuevo presidente es de dos meses a partir de la primera votación de investidura. Si transcurrida esa fecha no hay presidente del Gobierno todavía, se deben disolver las Cortes y convocar nuevas elecciones.
Elisa Muñoz
Periodista en Cadena SER desde 2008. Primero en programas como 'La Ventana', 'Hoy por Hoy Madrid' o...