Homs se sentará en el banquillo por prevaricación y desobediencia
El Tribunal Supremo cierra la investigación sobre el diputado catalán y sus decisiones como consejero de la Generalitat en los preparativos del 9-N
La Sala de Lo Penal señala que Homs, más allá de no suspender esas actividades, las potenció
Madrid
El Supremo tendrá a Francesc Homs sentado en el banquillo de los acusados. Y lo tendrá porque la investigación que ha desarrollado en los últimos meses el magistrado Andrés Palomo ha determinado indicios de la presunta perpetración de dos delitos.
Más información
- Auto de procesamiento de Francesc Homs
- El Congreso autoriza juzgar a Francesc Homs por la consulta del 9-N en Cataluña
- El Congreso dará luz verde al suplicatorio de Francesc Homs
- Homs niega ante el juez del Supremo haber desobedecido al Constitucional
- El Supremo detalla los presuntos delitos que habría cometido Francesc Homs
El primero es la prevaricación administrativa que es descrita hasta sus últimas consecuencias por el juez. Este es un ejemplo: “Resoluciones y disposiciones pues injustas, contrarias a derecho realizadas y dictadas a sabiendas, con plena conciencia de su ilicitud, pues se reconoce por el aforado, que aunque afirmaba al Centro de Telecomunicaciones y Tecnología de la Información la existencia de esas consultas, no realizó consulta a órgano consultivo alguno, al tiempo que indicaba a este Centro que la actividad relacionada con la adecuación informática precisa para la consulta no estaba afectada por la suspensión acordada por el Tribunal Constitucional”.
Pero el auto del magistrado Andrés Palomo indica que el entonces conseller de la Generalitat siguió adelante y no sólo no suspendió, sino que “potenció, tras haber conocido la Providencia de suspensión dictada por el Tribunal Constitucional y la consecuente inviabilidad de su celebración, el desarrollo del denominado ‘proceso participativo’ que culminaba en la consulta del 9-N y dio amparo, que afirmaba resultante de consultas jurídicas (en realidad inexistentes) a otras actividades de carácter decisivo para la celebración de la consulta, realizó también alguna contratación ulterior tendente a la efectividad de la consulta, y comunicó la no difusión de la campaña institucional por parte de algunos medios al organismo administrativo competente para sancionarlos”.
En definitiva, Homs se sentara como acusado ante la Sala de Lo Penal porque en este procedimiento solo la Fiscalía ha presentado cargos. De hecho, el Ministerio Público tiene 10 días para solicitar la apertura de juicio oral o pedir el archivo.
No parece muy real que la Fiscalía pida el sobreseimiento. Es más presentara escrito de acusación en el que se van a detallar los presuntos delitos y las penas que en ningún caso son privativas de libertad. Son penas de inhabilitación para cargo público.