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Elecciones Generales 1977 | 40 años

La ley que incomunicaba a los etarras diez días

El Gobierno de UCD aumentó en 1978 el poder policial contra el terrorismo de ETA

Un trabajador limpia una pintada a favor de ETA en Euskadi / EFE

Madrid

Ante el incremento desmesurado de los delitos terroristas, el Gobierno de Unión del Centro Democrático (UCD) inició en 1978 una etapa de cambios legislativos dentro de un plan especial de emergencia que preveía el endurecimiento de las medidas contra el terrorismo como: la incomunicación del detenido en dependencias policiales por un plazo de hasta diez días; la posibilidad de intervención telefónica y postal en aras a las averiguaciones pertinentes y los registros domiciliarios sin la previa autorización judicial.

Así, unos días antes de la aprobación de la Constitución Española, el gobierno inaugura la primera Ley antiterrorista (Ley 56/1978, de 4 de diciembre) cuyo plazo de vigencia se preveía de un año y se prorrogó un año más hasta la aprobación, tras los Pactos de la Moncloa, de nuevas medidas sobre Seguridad Ciudadana. Esta norma fijó la clase de sospechosos que podrían ser objeto de detención y los trámites a seguir pero también hereda muchas intenciones de la vieja Ley de Orden Público franquista de 1959 que sólo a partir de ahora quedará formalmente derogada.

Para el magistrado del Tribunal Constitucional, Fernando Valdés Dal-ré, la ley era una merma para las garantías de los derechos ciudadanos, " de todo punto inapropiada" No se trata de una ley procesal ni penal, sino administrativa, lo que demuestra el intervencionismo del Estado sobre la vida social, incluso sobre la más íntima. La acción policial limitaba y restringía una serie de derechos elementales donde el comisario podía dictar todo tipo de órdenes, prohibiciones y disponer cuanto sea necesario para la "seguridad ciudadana" así como recabar de los particulares su ayuda y colaboración en un "Estado de Excepción" permanente en el que el papel del juez quedaba relegado a un segundo término.

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Durante el debate preliminar sobre la ley, el socialista Virgilio Zapatero aseguró en la Cámara baja, que su grupo "no pedía bulas contra el terrorismo" pero advertía que "por el hecho de ser más duros no iban a tener menos fuerza". Zapatero anunciaba que la legislación contra ETA no triunfaría "a base de miedo sino de libertad" y se mostraba radicalmente en contra de que "el juez fuera sustituido por el comisario".

Aun así, la ley echa a andar y un poco después se suspenden tres grandes derechos constitucionales como el asesoramiento jurídico a los detenidos, la incomunicación y se dotan a la policía de facultades excepcionales en materia de detención hasta un plazo máximo de diez días (se prorroga la detención durante las primeras 72 horas hasta siete días después).

Según el juez Baltasar Garzón "la medidas fueron draconianas y su aplicación produjo demasiados excesos aunque en el fondo demostraban cierto temor e impotencia de las autoridades".

Fin del TOP

Los Acuerdos Políticos de la Moncloa de octubre de 1977, aportan varías novedades sustanciales contra el desafío terrorista como la creación de la Audiencia Nacional que va a tener la competencia exclusiva en materia de enjuiciamiento e investigación de los delitos de terrorismo, desapareciendo los llamados Juzgados y Tribunales de Orden Público. Como consecuencia, los tribunales militares dejaran de llevar este tipo de casos y se derogan los preceptos que figuraban en el Código de Justicia Militar que hacían referencia a la competencia de los juzgados castrenses en esta materia.

El entonces ministro de Justicia de UCD, Landelino Lavilla, reconoce ahora que "decidimos suprimir la jurisdicción militar para liberar a nuestras Fuerzas Armadas que se habían fortalecido mucho con la ley del bandidaje y terrorismo".

Delitos comunes

El tratamiento del fenómeno terrorista incluye también con esta ley del año de 1978 la separación de los delitos de terrorismo de los llamados delitos políticos, para empezar a considerarlos a partir de ahora, delitos comunes, con lo que España se adaptaba a las exigencias internacionales, y en concreto a lo dispuesto en el Convenio Europeo de represión del terrorismo de 1977.

Pero esta no fue solo la única razón ya que los responsables de UCD quisieron alejarse del patrón de las leyes franquistas que atribuían a las ideologías contrarias al régimen el nacimiento el germen terrorista. Además, suprimir cualquier vestigio que sugiriera una persecución política era condición indispensable para lograr la colaboración de los países vecinos en la persecución internacional del terrorismo.

Como reconoce Fernando Ledesma, ministro de Justicia con Felipe González y heredero de las leyes de UCD, "era imprescindible una cooperación jurídica internacional que impulsamos y con la que se produjo la primera entrega de un etarra extraditado desde Francia.

Debate parlamentario

El debate parlamentario de octubre de 1978 en el que se aprobó la ley, fue elegante y educado en las formas pero mantuvo momentos de tensión cuando se exigía rigor en la definición de las nuevas facetas de la ley antiterrorista y sus señorías se reprochaban falta de compromiso. Este es un pasaje del pleno celebrado el 4 de diciembre de 1978.

Oscar Alzaga (Gobierno de UCD): "No podemos combatir el terrorismo con declaraciones solemnes, con declaraciones incluso retoricas, y, a la hora de facilitar a los órganos jurisdiccionales y a los órganos policiales los instrumentos idóneos para que realmente se puedan perseguir estas actividades, venir a decir que estas actividades están el terreno de la tentativa, cuando, además, técnicamente esto no es verdad".

José Sole Barbera (Grupo comunista): "Señor Alzaga, yo le digo a Su Señoría que nuestra oposición al terrorismo es, por lo menos, tan rotunda y tan contundente como la de los señores de Unión de Centro Democrático. Pero estamos elaborando una ley y esta ley debe tener un rigor. Esto, quiéralo o no el señor Alzaga, no tiene comparación con la tenencia ilícita de armas; constituye una tentativa, en definitiva ; constituye, en todo caso, si se llevan a término los actos derivados de la construcción, una forma de cooperación a la misma y tiene este exacto mínimo grado".

Gregorio Peces Barba (Grupo socialista): Solamente desde la ignorancia o desde la mala intención se puede hacer una afirmación de ese estilo. Es una pendiente la de hacer afirmaciones así que puede acabar aporreando automóviles en los actos, precisamente donde se recuerdan víctimas del terrorismo, por decir que las autoridades no son suficientemente enérgicas. Afirmar que los socialistas se abstienen en materia de terrorismo y aporrear automóviles en esas circunstancias es algo muy parecido".

La ley se consolida

Después de aprobada la Constitución Española en diciembre de 1978, la Diputación Permanente del Congreso convalida, en enero de 1979, el "Decreto-Ley sobre seguridad ciudadana" conocido como "ley antiterrorista" con la oposición de socialistas, comunistas, Minoría Catalana y PNV que piden su derogación, por considerarlo anticonstitucional. El 20 de diciembre de 1979, el Pleno del Congreso convalida, por un solo voto de diferencia, el anterior Decreto-ley que prorroga la Ley Antiterrorista 56/78.

Durante esta etapa continúan las reformas legislativas ante el crecimiento desmesurado de los actos terroristas. Entre ellas, la Ley Orgánica 4/1980 de 21 de mayo, que modifica la regulación que el Código Penal hace de los delitos de expresión, reunión y asociación ilícita. En 1981, se incluye a la apología como delito del ámbito terrorista.

Inconstitucional

Seis años después, el Tribunal Constitucional en diciembre de 1987 declaró inconstitucionales cuatro preceptos de la entonces vigente ley antiterrorista que tipificaban la apología del terrorismo, preveían la prolongación de la detención gubernativa durante siete días, establecían la posibilidad de incomunicación del detenido sin previa decisión judicial y regulaban la clausura de medios de difusión en determinados casos.

En marzo de 1988 los partidos políticos Izquierda Unida y Euskadiko Ezkerra dan por roto el pacto sobre la ley antiterrorista acordado en el Congreso en noviembre de ese año.

Con la Ley Orgánica 10/1995 de 23 de noviembre se aprueba el nuevo Código Penal con el que culmina la reforma del sistema penal y su acomodación a los valores y principios constitucionales y cinco años después -en 2000- se introdujo como novedad el nuevo delito de enaltecimiento o justificación de los delitos terroristas o de sus autores.

El origen

En 1975, año de la muerte del dictador Franco, el terrorismo de ETA, que había asesinado a 44 personas hasta esa fecha, se había convertido en una prioridad. El 25 de abril se estableció el "estado de excepción" en las provincias vascas de Vizcayay Guipúzcoa. El 26 de agosto de 1975 el Gobierno aprobó una durísima "ley antiterrorista" mediante el Decreto-Ley 10/1975 de 26 de agosto, que posibilitaría el cierre de semanarios como Destino, Posible y Cambio 16, esta ley ampliaba la pena de muerte y se dirigía contra: "los grupos u organizaciones comunistas, anarquistas, separatistas y aquellos otros que preconicen o empleen la violencia como instrumentos de acción política y social”.

Esta ley fue el germen de las improvisadas y drásticas medidas legales que dieron paso al debate de 1978 donde se aprobó la ley número 56 que cercenó las libertades sociales para combatir a ETA en todos los frentes.

Javier Álvarez

Javier Álvarez

Ha desarrollado la mayor parte de su carrera en La Cadena SER donde esta vinculado a la sección de Justicia...

 
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