Tribunales | Actualidad

La Fiscalía del Supremo pide elevar a 10 años la condena a Urdangarin

El Ministerio Público también reclama la condena a los cargos públicos valencianos que contrataron con el Instituto Nóos y fueron absueltos

La Fiscalía pide elevar la condena a Urdangarin hasta los 14 años y medio

Madrid

La Fiscalía del Tribunal Supremo ha presentado el recurso de casación contra la sentencia de la Audiencia de Palma que condenó a los cabecillas del Instituto Nóos Diego Torres e Iñaki Urdangarin a penas de ocho años y medio y seis años y tres meses de prisión, respectivamente. La Audiencia de Palma apreció delito en los contratos de Nóos con la administración pública balear en la etapa de Jaume Matas pero les absolvió de los contratos suscritos con la administración pública valenciana en la etapa de Francisco Camps y Rita Barberá al frente de la Generalitat y el Ayuntamiento.

El escrito, sobre el que han venido especulando algunos medios de comunicación en las últimas semanas, hace una enmienda a la totalidad de la sentencia de instancia y pide un aumento generalizado de las condenasIñaki Urdangarin se enfrenta ahora hasta los diez años de cárcel. Además, la Fiscalía pide que se condene por falsedad y prevaricación a los cuatro cargos públicos valencianos que suscribieron las tres ediciones de los foros de turismo y deporte con el Instituto Nóos.

Contratos en Baleares

El fiscal sostiene que los acuerdos del grupo Nóos con el Govern de Jaume Matas no solo omitieron el proceso administrativo sino que construyeron un "simulacro de contratación" que no era otra cosa que un "plan delictivo para enriquecer a Diego Torres e Iñaki Urdangarin" con "obediencia plena a sus peticiones". El govern de Matas, según el fiscal, "omitió la observancia de las exigencias legales de forma palmaria" inventándose reuniones que no existieron para "vestir de legalidad lo que no fue sino un desfalco de fondos públicos". En resumen, "una patente y grosera contradicción con el Derecho".

Contratos en Valencia

El fiscal subraya que la pregonada "fiabilidad" que predicaba la administración pública valenciana para contratar con Iñaki Urdangarin "es un hecho notorio que no requiere prueba que ello solo obedecía a su proximidad, por matrimonio, con la Jefatura del Estado" porque la sentencia no recoge entre sus argumentos para absolver a los cuatro cargos públicos que había acusado el fiscal, Pedro Horrach, "Trayectoria empresarial que le hiciera merecedor de especial crédito en el sector". "Sólo esta circunstancia", razona el fiscal, "le permite acceder a la señora Barberá, alcaldesa de Valencia y al señor Camps, presidente de la Generalitat" y es esta y no otra razón "la que explica la ausencia de expediente y actuación administrativa, tal y como ocurrió en la Comunidad Balear".

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Pedro Jiménez

Pedro Jiménez

Redactor Jefe en la Cadena SER. Antes he pasado por los equipos de Hora 14, Radio Madrid, Fin de Semana,...

 
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