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Tribunales | Actualidad
Artículo 155

El Tribunal Constitucional suspende la declaración de independencia de Cataluña

El Constitucional advierte a Forcadell que no puede hacer nada que dé validez a la independencia

El Tribunal Constitucional suspende la Declaración Unilateral de Independencia

Madrid

El Pleno del Tribunal Constitucional ha suspendido este martes de forma cautelar los acuerdos por los que el Parlamento de Cataluña declaró el pasado viernes la independencia de forma unilateral.

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El Pleno ha decidido notificar personalmente a la Presidenta del Parlamento de Cataluña, Carme Forcadell, y a los demás miembros que entonces integraban la Mesa de la Cámara que deben abstenerse “de iniciar, tramitar, informar o dictar, cualquier acuerdo o actuación que permita otorgar valor jurídico alguno a la declaración de independencia y, en especial, advierten los magistrados dar cobertura a las denominadas “comisión de investigación por el 1 de octubre” y “comisión parlamentaria de seguimiento del proceso constituyente”

El pleno, por unanimidad, les conmina a obedecer y les recuerda su “deber de impedir o paralizar cualquier iniciativa que suponga ignorar o eludir la suspensión acordada”. El tribunal, como ya ha hecho en otras ocasiones, les apercibe de las “eventuales responsabilidades, incluida la penal, en las que pudieran incurrir”, porque de hecho ya hay varios procedimientos abiertos en el Tribunal Superior catalán por no obedecer las resoluciones.

El tribunal, como consecuencia de la disolución del Parlamento, acuerda notificar la resolución a los miembros de la Mesa de la Diputación Permanente, con las mimas advertencias y cautelas. A petición del Gobierno, el Tribunal aplica el art. 161.2 de la Constitución y acuerda la suspensión cautelar de las dos resoluciones impugnadas, con las que la Cámara autonómica materializó la declaración unilateral de independencia de Cataluña. “Los efectos de esta suspensión tienen carácter absoluto desde el momento de la adopción de las resoluciones impugnadas”, señala la providencia.

El Tribunal da traslado al Ministerio Fiscal y a la Diputación Permanente del Parlamento de Cataluña de las peticiones formuladas por la Abogacía del Estado y les concede un plazo de veinticuatro horas para que formulen las alegaciones que estimen oportunas.

Javier Álvarez

Javier Álvarez

Ha desarrollado la mayor parte de su carrera en La Cadena SER donde esta vinculado a la sección de Justicia...

 
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