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Oriol Junqueras

Llarena estudia impedir que Junqueras asista al pleno de constitución del Parlament

El Código Civil abre la puerta al magistrado del Tribunal Supremo para acordar la delegación de voto

Junqueras y Puigdemont en una imagen de archivo / Rafa Garrido (ACN)

Junqueras y Puigdemont en una imagen de archivo

Madrid

El juez que investiga la declaración unilateral de independencia ultima el auto para rechazar, con el escenario actual, la presencia de Oriol Junqueras en el pleno de constitución del Parlament. Según ha sabido la Cadena SER, la decisión de Pablo Llarena irá acompañada de las medidas necesarias para salvaguardar sus derechos políticos y que pueda delegar su derecho al voto. El expresident del Govern, líder de Esquerra Republicana y candidato de la formación independentista a la presidencia de la Generalitat se encuentra en prisión provisional desde el pasado mes de noviembre por el riesgo de reiteración delictiva. Una decisión que han avalado hasta cinco jueces distintos. Cuatro en el Tribunal Supremo y una en la Audiencia Nacional.

Oriol Junqueras alegó para poder asistir al pleno del próximo 17 de enero que el voto es “indelegable”, que la persona del diputado es “insustituible” y que ha de poder “participar en el plenario” porque lo contrario supondría “modificar la aritmética parlamentaria”. El Reglamento del Parlament prevé la delegación de voto en tres supuestos: maternidad, paternidad o incapacidad prolongada. Ninguno de ellos es válido para Junqueras que se encuentra en prisión provisional. Sin embargo, el título preliminar del código civil -norma supletoria del derecho español- ofrece una fórmula y permite “la aplicación analógica de las normas cuando no contemplen un supuesto específico pero regulen otro semejante entre los que se aprecie identidad de razón”. Este texto legal añade que “la jurisprudencia complementará el ordenamiento jurídico con la doctrina que establezca el Tribunal Supremo”.

Llarena y el 21-D

Las elecciones autonómicas del 21 de diciembre han estado presentes en las resoluciones del juez Llarena como una meta flotante a partir de la cual volver a baremar los riesgos de fuga y reiteración delictiva de Junqueras y los otros tres investigados que aún continúan en prisión provisional: Joaquim Forn, Jordi Cuixart y Jordi Sánchez. Llarena sostiene que “sus aportaciones están directamente vinculadas a una explosión violenta que, de reiterarse, no deja margen de corrección o de satisfacción a quienes se vean alcanzados por ella”.

Al caso de Oriol Junqueras, además hay que sumar la posibilidad de que obtenga un puesto de responsabilidad en el futuro Govern y de que se encuentre en la terna de los 'presidenciables': "El riesgo de reiteración delictiva va expresamente unido a las responsabilidades públicas a las que aspiran", dijo también Llarena a la hora de mantener en prisión al exvicepresident el pasado 4 de diciembre.

En un sentido similar se pronunciaron los jueces de la sala de apelaciones del Supremo para rechazar el recurso en el que pedía su excarcelación, expresando que el derecho de participación política "no hace desaparecer la obligación de asumir las consecuencias de la comisión de un delito" y que "la existencia de una causa penal no es incompatible de forma absoluta con el ejercicio del derecho a la participación política". Este tribunal acordó para resolver el recurso celebrar una vista, trasladar al líder de Esquerra desde la cárcel de Estremera al alto tribunal y concederle la palabra. Una oportunidad que no aprovechó para desmarcarse inequívocamente de la vía unilateral.

 
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