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El Supremo ordena revisar multas retiradas a Uber tras operar sin licencia

El alto tribunal se hace eco de la sentencia europea dictada en diciembre que considera el servicio de este tipo de aplicaciones como transporte y no una mera plataforma: el Supremo estima dos recursos de la Generalitat y ordena revisar dos multas

El Supremo estima sendos recursos de la Generalitat de Catalunya / Simon Dawson Reuters

Madrid

El Tribunal Supremo ha hecho suya la doctrina europea en torno al transporte colaborativo y, como primer paso, ha ordenado a dos juzgados de Barcelona que vuelvan a estudiar sendas multas impuestas a Uber por operar sin licencia: las sanciones habían sido retiradas pero ahora, con la nueva doctrina europea encima de la mesa, el Supremo explica que Uber debe ser considerado una empresa de transporte y no una mera aplicación. 

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La batalla legal entre el sector del taxi y empresas como Uber tocó techo el pasado mes de diciembre, cuando el Tribunal Superior de Justicia de la Unión Europea (TJUE) sentenció que las empresas de transporte colaborativo tenían que ser consideradas legalmente como empresas de transporte, y no como simples aplicaciones de teléfono móvil: el cambio acarrea la exigencia ineludible de licencia. 

El Tribunal Supremo estaba a la espera de conocer el criterio de la instancia europea para empezar a decidir sobre todos los recursos que tenía pendiente de resolver sobre Uber: su primer paso ha sido estimar los recursos que la Generalitat de Catalunya interpuso contra dos sentencias que anularon sendas multas de 4.001 impuestas a la empresa. Ahora los juzgados de lo contencioso de Barcelona tendrán que revisar el caso, pero ahora sabiendo que deben aplicar la normativa de transportes y sus previsiones sancionadoras. 

 
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